Por: Óscar Prada/ Con un camino similar a lo sucedido con la ley creadora del Ministerio de Igualdad y Equidad, la demandante busca “tumbar” la reforma pensional ante el máximo tribunal Constitucional.[1] De salir avante; sería su segunda victoria en la corte, frente al gobierno de turno.
Se trata nuevamente de la senadora Paloma Valencia; que no dudó cuestionar la forma en que fue aprobada en Cámara, la ley 2384 de 2024. La Corte Constitucional es quien tiene la última palabra.
Como parte del trámite de la demanda; la jefa del Ministerio Público debe indicar al fallador, las razones por las cuales, la ley demandada debe quedarse o irse del ordenamiento jurídico. A grosso modo, se presenta de manera sencilla lo dicho por la procuradora Cabello.
Al igual que la senadora Valencia; Cabello indicó, que en la Cámara de Representantes se esquivó con astucia, el discutir la reforma pensional. En términos técnicos se presentó una “elusión del debate”
No es para menos; estaba previsto discutir la reforma pensional por ejes temáticos durante una semana. Luego, faltando cinco días para terminar el periodo legislativo, se aprobó una propuesta de votar la totalidad del proyecto de ley; y pasados 54 minutos de dicho aval, la reforma se convirtió en ley de la república.
Se pasó de cinco días para debatir; a menos de una hora para avalar los 95 artículos que contiene la totalidad de la reforma; la cual cambia profundamente el modelo de seguridad social de los colombianos, e incide intensamente en las finanzas de la nación en las próximas décadas.
Sin desmenuzar los artículos más sensibles; se omitieron más de una veintena de enmiendas, cuya discusión estaba prevista en el último debate en Cámara. El pleno de los representantes tuvo menos de una hora para leer la totalidad el texto reformado proveniente del senado, para luego votarlo en bloque. Fue un todo, o nada.
La reacción del primer mandatario frente a los argumentos de la procuradora no se hizo esperar; a través de su cuenta de X, los calificó como odio político con las siguientes palabras:
“Me queda muy difícil entender cómo puede haber seres humanos, que por simple odio político pueden hacer que millones de viejos y viejas sin nada que comer hoy, no puedan acceder a un plato de sopa o un ingreso que les genere algo de afecto, alegría y dignidad.
¿Qué tienen contra la gente más pobre y más débil d este país? ¿Qué es para ellas el estado social derecho? ¿qué clase de corazón se puede tener al negarle a la ancianidad pobre de Colombia, la comida?”
El presidente argumenta desde su sentir, la finalidad loable de la reforma; no obstante, pasa en silencio aquel plomazo que aceleró la aprobación del régimen pensional en menos de lo que dura un partido de fútbol.
El examen de la Corte es descorazonado. Ella evalúa únicamente, si el debate del proyecto de ley fue efectuado en debida forma; y no se detiene a analizar la conveniencia del articulado de la reforma pensional.
El Congreso de la República, como representante del pueblo, debe discutir los proyectos de ley que se tramitan en sus cámaras; de lo contrario, se asemejaría más a una notaría, la cual da fe de los escritos que tramita, sin objetar su contenido. Tal cual como lo sucedido en la Cámara de Representantes, con la aprobación del nuevo sistema de pensiones.
Según la Corte Constitucional, la falta de debate de un proyecto de ley, es un defecto que no puede enmendarse. Si la sentencia le da la razón a la demandante; se “caería” la totalidad de la reforma pensional.
Lejos de ser “odio político”, los argumentos en contra de la reforma pensional son profundos y con vocación de prosperidad. Quizás el presidente necesite para salvar la ley demandada, un arsenal de argumentos sólidos y un poco más de 54 minutos.
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*Estudiante de Derecho
Contacto: 3017716507
X: @OscarPrada12
(Esta es una columna de opinión personal y solo encierra el pensamiento del autor).
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[1] Para profundizar del cómo una ley puede demandarse, te invito a leer “confrontando vicios”. Corrillos.