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Lectura: Superintendencia sancionó a la Foscal y a la Clínica de la Mujer. Pueden apelar
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Nacional

Superintendencia sancionó a la Foscal y a la Clínica de la Mujer. Pueden apelar

Superintendencia de Industria y Comercio reveló que se comercializaron medicamentos a precios superiores de los establecidos. Las entidades fueron multadas en metálico, pero a la decisión se procede el recurso de reposición y apelación.

CORRILLOS
Última actualización: 2024/12/28 at 10:55 AM
CORRILLOS hace 6 meses
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Foto: Imagen de Steve Buissinne en Pixabay /
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Con el objetivo de garantizar el acceso justo y equitativo a medicamentos vitales, la Dirección de Investigaciones de la Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal sancionó a la IPS Clínica de la Mujer SAS y a la Fundación Oftalmológica de Santander – FOSCAL por incumplir las regulaciones de precios establecidos por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos.

La Superintendencia de Industria y Comercio estableció que la Clínica de la Mujer SAS comercializó 42 medicamentos a precios superiores a los establecidos por la Circular 12 de 2021. Uno de los casos más graves fue el del medicamento MICARDIS – Telmisartan 80mg/1U, cuyo precio permitido era de $977,29 por unidad y se vendió a $11.361,00, superando el límite permitido en un 1.062 %. También se registraron irregularidades con medicamentos como RISPERDAL y ZINACEF, con sobrecostos de hasta el 1.000 % y 611 %, respectivamente.

Por su parte, mediante la Resolución 77590 del 12 de diciembre de 2024, la Superintendencia de Industria y Comercio determinó que la FOSCAL vendió 31 medicamentos a precios superiores a los máximos fijados por la Circular 12 de 2021, incluyendo el medicamento Remodulin – Treprostinilo 100mg/20ml (5mg/1ml), utilizado para tratar la hipertensión arterial pulmonar, cuyo sobrecosto alcanzó el 99.38%, duplicando su precio permitido de $29’719.693,79 a $59’253.750 pesos.

Estas prácticas, señaló la Superintendencia de Industria y Comercio, afectan el acceso oportuno de los pacientes a tratamientos esenciales y comprometen la eficiencia del Sistema General de Seguridad Social en Salud y ponen en riesgo la salud y la vida de los pacientes al dificultar su acceso oportuno a medicamentos esenciales. En este caso, los pacientes que requieren tratamientos de alto costo, como los que dependen del Remodutin, son los más vulnerables ante estas prácticas.

La Superintendencia manifestó en un comunicado hecho público que “reafirma su compromiso con la protección de los derechos fundamentales, en particular la salud, al tomar medidas estrictas contra quienes incumplen el régimen de control de precios. Estas sanciones, que ascienden a $712’647.276 para la Clínica de la Mujer SAS y de $372’202.588 para la Fundación Oftalmológica de Santander – FOSCAL, buscan disuadir conductas similares y asegurar que los medicamentos se comercialicen a precios accesibles para toda la población”.

La Superintendencia aseguró además que “reafirma su compromiso con la protección de los derechos fundamentales, especialmente la salud y la vida de los pacientes, y recuerda que el cumplimiento del régimen de control de precios es obligatorio para todos los agentes de la cadena de comercialización. Así mismo, continuará trabajando para proteger a los pacientes y promover un sistema de salud justo, asegurando que los recursos públicos destinados a medicamentos se utilicen de manera eficiente y en beneficio de quienes más lo necesitan”.

Apuntó la Superintendencia de Industria y Comercio al final del comunicado que “contra esta decisión proceden los recursos de reposición y apelación, conforme a la ley”.

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ETIQUETADO: Clínica de la Mujer, Foscal, Medicamentos Costosos, Sanciones, SIC, Superintendencia
CORRILLOS diciembre 28, 2024 diciembre 27, 2024
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