By using this site, you agree to the Privacy Policy and Terms of Use.
Aceptar
CorrillosRCorrillosRCorrillosR
  • Nacional
  • Capitales
  • Economía
  • Política
  • Informe
  • Análisis
  • Regional
  • Internacional
  • Descubrir
Lectura: Restricción a Consejos de Ministros de Petro define el Consejo de Estado
Compartir
Notificación Mostrar Más
Aa
CorrillosRCorrillosR
Aa
  • Nacional
  • Capitales
  • Economía
  • Política
  • Informe
  • Análisis
  • Regional
  • Internacional
  • Descubrir
  • Nacional
  • Capitales
  • Economía
  • Política
  • Informe
  • Análisis
  • Regional
  • Internacional
  • Descubrir
Tiene una cuenta existente? Signo En
Suscribirse con NOSOTROS
  • Advertise
© 2022 Foxiz News Network. Ruby Design Company. All Rights Reserved.
CorrillosR > Blog > Política > Restricción a Consejos de Ministros de Petro define el Consejo de Estado
Política

Restricción a Consejos de Ministros de Petro define el Consejo de Estado

El Consejo de Estado prohíbe al presidente Petro transmitir los consejos de ministros por canales privados de televisión abierta. Según el Consejo de Estado, la transmisión de los Consejos de Ministros por canales privados y regionales de televisión abierta vulnera el derecho de los ciudadanos a recibir una información plural y libre.

CORRILLOS
Última actualización: 2025/04/11 at 5:52 PM
CORRILLOS hace 2 meses
Compartir
Foto: Presidencia / APN Noticias / El presidente Gustavo Petro.
COMPARTIR

En una decisión que refuerza la protección del derecho fundamental a la información, el Consejo de Estado ordenó a la Presidencia de la República abstenerse de transmitir los Consejos de Ministros a través de canales privados de televisión abierta, así como en el Canal Uno y en canales locales, regionales y comunitarios.

La decisión fue adoptada por la Subsección B de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo, tras resolver una tutela interpuesta por una ciudadana que alegó la vulneración de su derecho a la información.

Según el fallo, la accionante no pudo acceder a la programación habitual de los canales privados en dos ocasiones, ya que fue reemplazada por la transmisión en cadena de consejos de ministros, lo que limitó su acceso a contenidos plurales y de libre elección.

En su análisis, la Sala destacó que el derecho a la información no solo protege el libre flujo de noticias y contenidos, sino también la posibilidad de los ciudadanos de elegir entre diversas fuentes informativas.

“El derecho a la información es una libertad pública esencial para los estados democráticos”, señaló el fallo, subrayando que su ejercicio debe ser voluntario y plural, y no puede ser sustituido por contenido oficial único, sin posibilidad de contraste.

Uno de los puntos clave de la sentencia fue la afectación del pluralismo informativo, considerado no solo como parte del derecho constitucional a la información, sino como un principio que rige el uso del espectro electromagnético, según el artículo 75 de la Constitución Política.

La Sala advirtió que imponer la información oficial como única opción disponible en todos los canales abiertos vulnera el equilibrio informativo y obliga al receptor a excluirse completamente del servicio público de televisión si no desea acceder a ese contenido.

El fallo también hizo énfasis en la franja horaria entre las 7:00 p. m. y las 10:30 p. m., al considerarla especialmente sensible, ya que es el horario con mayor audiencia, cuando millones de colombianos están en búsqueda de información, entretenimiento y cultura.

Impedir el acceso a otros contenidos en ese espacio, subrayó el Consejo de Estado, representa una afectación particularmente grave al derecho de los ciudadanos.

En consecuencia, el tribunal ordenó al presidente de la República, al Departamento Administrativo de la Presidencia y a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) abstenerse de repetir esta práctica, independientemente del horario en el que se pretenda realizar la transmisión.

La decisión, sin embargo, no impide que los Consejos de Ministros sean transmitidos por los canales públicos nacionales Señal Colombia y Señal Institucional, de manera que se respete el principio de libre acceso a la información sin imponerla de manera obligatoria.

La Sala aclaró que su decisión se adopta sin perjuicio de otras acciones judiciales sobre la naturaleza de los Consejos de Ministros, como su posible carácter reservado o su tratamiento como alocuciones presidenciales.

APN Noticias

You Might Also Like

Ratificado fallo en contra del alcalde de Concepción, Eduard Abril Borrero

Claves del Marco Fiscal de Mediano Plazo: Pacto fiscal, regla fiscal, y recorte presupuestal

Avalada cláusula de escape de la Regla Fiscal

Cancillería rechaza declaración del secretario de Estado de Estados Unidos por atentado a Miguel Uribe

Katherine Miranda apremia a investigadores a resolver caso Petro con prontitud y transparencia

ETIQUETADO: Canales Privados, Consejo de Estado, Consejos de Ministros, Decisión, Derecho a la Información, Presidente Gustavo Petro, Transmisión
CORRILLOS abril 11, 2025 abril 11, 2025
Compartir Este Artículo
Facebook Twitter Whatsapp Whatsapp Email Print
Artículo Anterior Estrategia territorial para contener homicidios, propone Petro
Próximo Artículo Los Reyes Magos | El gobernador de Santander y su ‘papa caliente’ de la tasa a la seguridad
Deja un comentario

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Corrillos edición 41

Síguenos

en nuestras redes socilaes
Facebook Like
Twitter Follow
Instagram Follow
Youtube Subscribe
Tiktok Follow

Noticias populares

Opinión

La juventud agoniza

CORRILLOS Por CORRILLOS hace 18 horas
Una ciudad universitaria
Ratificado fallo en contra del alcalde de Concepción, Eduard Abril Borrero
Por primera vez, Colombia produce medicamento para tratar la malaria
Consulado de Colombia en Tel Aviv emite recomendaciones ante situación de seguridad en Israel

Las principales noticias de Colombia y el Mundo.

  • Política
  • Economía
  • Nacional
  • Internacional
  • Regional
  • Moda y Estilo
  • Corrillos TV
  • Judicial
  • Capitales
  • Entretenimiento
  • Informe
  • Análisis
  • Tendencias
  • Opinión
  • Tecnología

Siganos en nuestras redes sociales

COPYRIGHT © 2023 CORRILLOS SAS NIT. 901671461-9. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin autorización escrita de su titular.

WhatsApp us

¡Bienvenido de nuevo!

Iniciar sesión en su cuenta

Perdido tu contraseña?