El escrito de acusación que presentó la Fiscalía hace unos días, la primera semana de agosto de 2020, en contra del exalcalde de Bucaramanga, Rodolfo Hernández Suárez, ratificó el sello ‘Icontec’ de Credibilidad al portal informativo corrillos.com.co.
Como el oficio lo ordena y ante el riesgo de una violenta reacción, como en tal caso sucedió con la orden de cárcel a la directivas de Corrillos!, este medio informativo puso al descubierto el 15 de diciembre de 2017 el más grande hecho de corrupción en Bucaramanga de los últimos años.
Se puso al descubierto un documento en el que se ‘formalizaba’ un acuerdo de corretaje promovido por dos miembros cercanos de la familia del alcalde Rodolfo Hernández y varios privados. Querían hacerse -a toda costa- al negocio de las nuevas tecnologías en El Carrasco.
El proceso se llegó a conocer en el mundo como el Caso Vitalogic. La desesperación del en ese momento Alcalde Hernández Suárez, y ahora como exalcalde, para que el proceso no surtiera sus pasos, fue denodada.
Paradójico que hasta la pandemia le dio una mano al ingeniero Hernández Suárez, quien ahora se exhibe como el adalid en búsqueda de la Presidencia de la República. Tiene sus seguidores.
Escrito para juicio
El escrito de acusación que llega ahora el 4 de agosto de 2020 contra el exalcalde de Bucaramanga, según los cánones judiciales se define como: “En el Sistema Oral Acusatorio Vigente, la acusación es el escrito que el Fiscal que investiga presenta ante el Juez competente, o de conocimiento, para que se adelante el juicio cuando se pueda afirmar con probabilidad de verdad que la conducta delictiva investigada existió y que el imputado es autor o partícipe de…”
Corrillos! evidenció en su momento que “detrás de la decisión del mandatario bumangués, de ir contra viento y marea a favor del controvertido contrato con una cuestionada firma conocida como Vitalogic RSU, no radicaba solo en la preocupación para solucionar el problema de las basuras, detrás del mismo había un jugoso botín económico, con ganancias proyectadas a 30 años, el mismo tiempo que se pretendía suscribir la concesión”.
La reacción que dejó la investigación publicada por Corrillos! no se quedó en el carcelazo de las directivas del medio de información, en claro castigo a quien da el mensaje y no a quien lo produce, sino que las autoridades pusieron cartas en el asunto.
Se quisiera exigir velocidad, pero del afán no queda sino el cansancio. Además no se tenían todas consigo, unos tratando de destapar y otros con afán negacionista y de tapar con pintura el monumental desafuero.
El exalcalde está investigado, es cierto, no está condenado, pero las pruebas existen para que se llegue a la verdad. Corrillos! dio la alarma ante lo que sucedía, los pasos que se han dado señalan que no se remaba en el desierto.
Exalcalde imputado
Uno de los primeros cuadrangulares contra el exalcalde se conoció el viernes siete de febrero de 2020 cuando la Fiscalía imputó al exalcalde de Bucaramanga Rodolfo Hernández por supuestas irregularidades en un contrato.
El informe oficial de la fiscalía General de la Nación señalaba que ante un juez con función de control de garantías, la Fiscalía le imputó cargos al exalcalde de Bucaramanga Rodolfo Hernández Suárez, por su presunta responsabilidad en el delito de interés indebido en la celebración de contratos.
De acuerdo con la investigación, el procesado, que fungió como mandatario local durante el período 2016-2019, habría ejercido su poder supuestamente para direccionar el otorgamiento del contrato de consultoría 096 de 2016, por un valor de 336 millones de pesos, al ingeniero Jorge Hernán Alarcón Ayala, quien finalmente fue escogido como contratista.
El objeto del contrato suscrito por la Empresa de Aseo de Bucaramanga (Emab) era el de asesorar sobre el procedimiento adecuado para el manejo de las basuras en el sitio de disposición final El Carrasco.
El exalcalde no se allanó a los cargos imputados por el ente acusador y permanece en libertad, pero continúa vinculado al proceso.
A la audiencia estaba citado su hijo Luis Carlos Hernández Oliveros para imputación de cargos; sin embargo, el ente acusador manifestó que dicha diligencia la realizará en otra etapa de la investigación.
Por la misma investigación, en audiencias anteriores la Fiscalía les imputó cargos por falsedad en documento privado, contrato sin cumplimiento de requisitos legales e interés indebido en la celebración de contratos, al exgerente de la Emab José Manuel Barrera; el jefe de disposición final de la Emab, Rubén Enrique Amaya; el ex director jurídico de la Emab, César Fontecha; al ex subgerente técnico y operativo de la entidad, Abelardo Durán Leiva; y al contratista Jorge Hernán Alarcón Ayala.
Aplazado por pandemia
Los cánones judiciales establecen que “el término de que dispone la Fiscalía para formular la acusación o solicitar la preclusión no podrá exceder de noventa (90) días contados desde el día siguiente a la formulación de la imputación, salvo lo previsto en el artículo 294 de este código”.
Imputación de cargos el viernes siete de febrero de 2020 y el martes 4 de agosto de 2020 el escrito de acusación. Quien lea esto en el futuro dirá que se vencieron los términos. Hay que decir por tanto que los términos del proceso se suspendieron porque en el año 2020 el mundo se vio azotado por un virus de la familia coronavirus denominado Covid 19 que dejó, ese año 2020, miles de muertos, miles de contagiados y miles de recuperados en casi todos los países. Los más afectados fueron los adultos mayores. En ese año los adultos mayores eran las personas que superaban los 70 años. En épocas anteriores se llamaban abuelos, después ancianos, en otro momento tercera edad, y en el año 2020 los llamaban adultos mayores.
Formulación de acusación
Como los términos se suspendieron, con la pandemia, el escrito de acusación contra el exalcalde de Bucaramanga, ingeniero Hernández Suárez, está vigente.
Ahora el Juez fijará la fecha para lo que sigue que es la audiencia de formulación de acusación. “En estricto sentido, la formulación de acusación es el paso subsiguiente, previo y necesario para dar inicio al juzgamiento del imputado en un debate oral, público, contradictorio, concentrado y con inmediación de las pruebas que sustentan, de una parte, los hechos jurídicamente relevantes”.