En la Corte Suprema de Justicia los magistrados de la Sala de Instrucción que tenían en sus manos el caso contra el expresidente Álvaro Uribe por supuesta manipulación de testigos acaban de apartarse del mismo.
El expediente pasará a instancias del fiscal general Francisco Barbosa, quien podrá designar un fiscal especial o asignar el caso al fiscal Daniel Hernández quien actualmente instruye el proceso contra Diego Cadena, el abogado de Uribe, también detenido por los mismos hechos.
En cualquiera de dos formas, procesalmente Uribe y Cadena ahora están a la par. La Corte acaba de aceptar que con la renuncia de Uribe al Senado y la consecuente pérdida de su fuero, el tribunal queda sin competencia frente al caso. De ahí que en las próximas horas el expediente será trasladado a la Fiscalía.
Uribe seguirá siendo procesado como determinador de los supuestos delitos de fraude procesal y soborno a testigos, los mismos cargos que enfrenta Cadena pero en calidad de autor material.
¿Unirán procesos de Uribe con el de Cadena?
En el procedimiento penal existe la figura de unidad procesal según la cual por cada delito se adelantará una investigación sin importar cuántas personas participen en la misma como autores o como partícipes.
Ese principio también ordena que las conductas punibles conexas se investigarán y juzgarán conjuntamente. La conexidad se da cuando se ha cometido en coparticipación criminal, que es la teoría del caso Uribe y Cadena. La conexidad se puede dar desde el momento en que llegue o por lo menos por solicitud de la Fiscalía hasta la audiencia de acusación.
El proceso por supuesta compra de testigos y fraude procesal será el primero del expresidente que pase a la Fiscalía. No el único. En la Corte Suprema hay otros 18 expedientes contra Uribe. Sus abogados están solicitando que cada uno de estos sea remitido al ente acusador. Incluso algunos irán de vuelta.
En la Fiscalía se originó el radicado por la masacre de El Aro en el que se investiga por supuesta omisión al exgobernador de Antioquia, Álvaro Uribe y cuando este llegó al Senado en 2014 el expediente pasó al Palacio de Justicia. Ahora volvería a un despacho del búnker.
Ahora que el caso por falsos testigos oficialmente pasa al ente acusador, la medida de detención domiciliaria conserva vigencia y legitimidad, pero quedará bajo la competencia de un juez de Paloquemao, sujeta al plazo para presentar escrito de acusación y al término de su duración máxima. También cabría, antes, una solicitud de revocatoria.
¿Uribe podría quedar libre?
El plazo máximo para formular escrito de acusación es de dos meses a partir de la detención, si eso no ocurre el procesado recobra la libertad. En cualquier caso, la medida puede prolongarse por máximo un año, si al cabo de este no hay un veredicto el detenido debe quedar libre. Los abogados de Uribe no esperarán ni lo uno ni lo otro. Una vez el proceso llegue al búnker la defensa del expresidente intentará tumbar la detención.
Esa posibilidad la podrán buscar pidiéndole al fiscal asignado que solicite a un juez de garantías la revocatoria, o acudiendo directamente a ese juez. De cualquier forma, al togado que le corresponda necesitará conocer la postura de la Fiscalía.
Es muy probable que el senador Cepeda y los críticos del Gobierno pidan que se nombre un fiscal ad hoc señalando que Barbosa y Duque son amigos íntimos y que Uribe es el jefe del partido al que se deben ambos. Pero en el terreno judicial los impedimentos son taxativos, no subjetivos.
Además está el argumento pueril y reglamentario de que los fiscales son autónomos, y que por tanto el que sea asignado para llevar el caso no recibe órdenes del jefe del búnker. Todo el mundo sabe que en la práctica las cosas no son así. Por eso mismo, el manejo que el fiscal a cargo de al proceso de Uribe le pasará factura al fiscal general.