By using this site, you agree to the Privacy Policy and Terms of Use.
Aceptar
CorrillosRCorrillosRCorrillosR
  • Nacional
  • Capitales
  • Economía
  • Política
  • Informe
  • Análisis
  • Regional
  • Internacional
  • Descubrir
Lectura: Lo que debe saber sobre las reglas para la contratación a término indefinido
Compartir
Notificación Mostrar Más
Aa
CorrillosRCorrillosR
Aa
  • Nacional
  • Capitales
  • Economía
  • Política
  • Informe
  • Análisis
  • Regional
  • Internacional
  • Descubrir
  • Nacional
  • Capitales
  • Economía
  • Política
  • Informe
  • Análisis
  • Regional
  • Internacional
  • Descubrir
Tiene una cuenta existente? Signo En
Suscribirse con NOSOTROS
  • Advertise
© 2022 Foxiz News Network. Ruby Design Company. All Rights Reserved.
CorrillosR > Blog > Análisis > Lo que debe saber sobre las reglas para la contratación a término indefinido
Análisis

Lo que debe saber sobre las reglas para la contratación a término indefinido

CORRILLOS
Última actualización: 2021/10/19 at 11:06 AM
CORRILLOS hace 4 años
Compartir
COMPARTIR

En días pasados y, bajo un fallo de unificación de jurisprudencia, el Consejo de Estado decidió delimitar las acciones sobre las cuales debe regirse una entidad pública en sus procesos de contratación por prestación de servicios.

Según el alto tribunal, las entidades públicas que lleven este tipo de procesos de contratación, de manera sucesiva con una misma persona, en donde se configure una relación laboral directa y dentro de la  cual no transcurran  más de 30 días entre la firma de un contrato y el siguiente, significa que no hay ruptura de la relación laboral; y en consecuencia  no es permitido  interrumpir las prestaciones sociales correspondientes.

Por otro lado, “el alto tribunal aclaró, también, que, con relación a la declaratoria de contrato realidad, para aquellos contratistas posteriormente denominados trabajadores, no habrá lugar a la devolución de los aportes consignados al Sistema de Seguridad Social Integral derivados de la supuesta relación comercial, argumentando que, por ser de destinación específica, no admiten tal reintegro”, afirmó Adriana Escobar, Socia en CMS Rodríguez-Azuero.

Sin embargo, en los casos que la declaratoria de la relación laboral en virtud del contrato realidad, obligue al empleador a pagar los aportes en cabeza del declarado trabajador, se configura entonces una duplicidad, incurriendo en un doble aporte pagado, pero bajo la misma causa legal.

Con lo anterior, según lo establecido por el tribunal, los contratos estatales de prestación de servicios deben estar configurados de la siguiente forma:

– Solamente pueden celebrarse por un término estrictamente indispensable y con el objetivo de llevar a cabo, a través de este, actividades que estén directamente relacionadas con la entidad. Así que dentro de estos no hay lugar para coberturas indefinidas de necesidades recurrentes y/o permanentes.

– La vinculación de personas, tanto naturales como jurídicas, está permitida siempre y cuando se justifique por qué las actividades que estos llevarán a cabo no pueden ser realizadas por personal de planta o personal especializado.

– Es importante resaltar que aquella persona que actúe como contratista cuenta con total autonomía para la ejecución de su trabajo, con lo cual sobre él mismo no debe haber total subordinación ni dependencia.

– Quienes trabajen como contratistas estatales deben ser considerados como colaboradores ocasionales y transitorios.

La sentencia está lista para ser aplicada en todos los casos en Colombia que actualmente se encuentran pendientes, tanto en la vía judicial como en la administrativa.

You Might Also Like

Consejo de Estado inadmitió demanda de pérdida de investidura contra Miguel Uribe

La doble cara del Gobernador

¿Es necesario ser o hacer oposición? Contar… sin decir

Colombia: la patria que canta en los funerales y mata por amor

Cuando la psicología cruza la frontera de la política

ETIQUETADO: CMS Rodríguez-Azuero, Consejo de Estado, CPS, Política
CORRILLOS octubre 19, 2021 octubre 19, 2021
Compartir Este Artículo
Facebook Twitter Whatsapp Whatsapp Email Print
Artículo Anterior La respuesta del Gobernador Aguilar a las fuertes denuncias del Alcalde Cárdenas
Próximo Artículo Barrancabermeja interviene en 23 parques, entre ellos el Multipark La Esperanza
Deja un comentario

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Corrillos edición 41

Síguenos

en nuestras redes socilaes
Facebook Like
Twitter Follow
Instagram Follow
Youtube Subscribe
Tiktok Follow

Noticias populares

Regional

Bucaramanga: inician las intervenciones a los monumentos históricos

CORRILLOS Por CORRILLOS hace 1 hora
Alerta en el Atlántico: Canal del Dique alcanza niveles preocupantes
Corte Constitucional devolvió la reforma pensional a la Cámara
Nueva apuesta energética entre el Gobierno nacional y la Gobernación del Cesar
Barrancabermeja: Inauguración nuevo centro de salud CDV

Las principales noticias de Colombia y el Mundo.

  • Política
  • Economía
  • Nacional
  • Internacional
  • Regional
  • Moda y Estilo
  • Corrillos TV
  • Judicial
  • Capitales
  • Entretenimiento
  • Informe
  • Análisis
  • Tendencias
  • Opinión
  • Tecnología

Siganos en nuestras redes sociales

COPYRIGHT © 2023 CORRILLOS SAS NIT. 901671461-9. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin autorización escrita de su titular.

WhatsApp us

¡Bienvenido de nuevo!

Iniciar sesión en su cuenta

Perdido tu contraseña?