Por: Jhon F Mieles Rueda/ En los últimos, días ha causado mucho revuelo en el país el fallo emitido por la Corte Constitucional por medio del cual despenalizó el aborto hasta las 24 semanas de gestación, una decisión que llevaba meses dilatada por diversas trabas y por el alboroto social que esta causaría.
Este fallo de la Corte se produce para dar respuesta a una demanda interpuesta en 2020 por el movimiento Causa Justa, una coalición de 90 organizaciones, en la que se exigía el fin de la criminalización del aborto, por lo que finalmente la Corte aprobó la interrupción voluntaria del embarazo por cinco votos a favor contra cuatro votos en contra.
Teniendo en cuenta que el mundo, muchos países son restrictivos con el libre ejercicio de este derecho, generando que las mujeres y personas gestantes recurran a procedimientos inseguros en lugares clandestinos que no cuentan con las garantías necesarias para el cuidado de la salud.
Esta demanda permitió, primero, que la discusión se centrara en la protección de los derechos de las mujeres que suelen ser judicializadas o sufren complicaciones médicas en clínicas clandestinas.
En segundo lugar, también tuvo la ventaja de que el debate se diera en la sociedad civil, donde la mayoría aprueba el aborto libre según encuestas, y no en el Congreso, donde la influencia de sectores conservadores es profunda y tradicional.
El fallo es un nuevo hito para la Corte Constitucional colombiana, que tiene una larga historia de protección de derechos sociales y democráticos: impidió la reelección indefinida, aprobó el matrimonio igualitario y marcó pautas concretas para garantizar los derechos de las mujeres a la salud, la educación y la política en un país donde no había ley de cuotas femeninas hasta hace apenas unos años.
Hay que recordar que el aborto estaba penalizado con hasta cuatro años y medio de cárcel, aunque desde 2006 bajo los parámetros de la sentencia C-355 se permitía por tres causas: violación, malformación del feto o riesgo de salud para la madre, sin límite de tiempo.
Ya alcanzada la despenalización del aborto, los movimientos feministas han dicho que sus siguientes objetivos son mayor representatividad judicial y económica, normas de educación sexual y aplicación real de normas que defienden los derechos de las mujeres, pero no se aplican.
Así mismo en repercusión del fallo de la Corte Constitucional, el Ministerio de Salud y Protección Social manifestó que es un derecho fundamental de las mujeres que debe ser garantizado por el Sistema de Seguridad Social en Salud.
Además, que esta pertenece a la esfera íntima o privada, lo cual obliga a proteger la confidencialidad de las mujeres que la soliciten y a no ser sometida a una revictimización, discriminación, culpa o estigma.
Así mismo, la Corte exhortó al Congreso y al Poder Ejecutivo a que diseñen e implementen una «política pública integral» respecto a este tema en el menor tiempo posible.
Esta debe incluir «la divulgación clara de las opciones disponibles para la mujer gestante durante y después del embarazo, la eliminación de cualquier obstáculo para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos que se reconocen en esta sentencia, la existencia de instrumentos de prevención del embarazo y planificación.
Además de impulsar el desarrollo de programas de educación en materia de educación sexual y reproductiva de todas las personas, medidas de acompañamiento a las madres gestantes que incluyan opciones de adopción, entre otras.
Sin embargo, a pesar que muchas personas y en especial los movimientos feministas apoyan y celebran este fallo, lo cierto es que muchas otras personas de sectores tradicionales y religiosos están en contra y manifiestan su rechazo a esta decisión de la Corte.
Puede que, a partir de ahora, sea legal y seguro abortar en Colombia, pero abortar es una decisión individual que al fin de cuentas la ley no influye tanto como se cree, ya que finalmente una mujer que sus principios éticos sean el de proteger la vida, lo más probable es que ella será madre a pesar de las circunstancias en las que haya concebido y a pesar de los obstáculos que se presenten en el camino.
Por otra parte, la mujer que dentro de sus principios promueva la libertad de decisión sobre su cuerpo y que haya concebido debido a una violación o causas fortuita o que su bebé presente malformaciones, que represente un riesgo para su salud o que simplemente fuere un embarazo no deseado y no tenga planeado como hacerse cargo de él o la bebe. Puede contemplar la opción del aborto.
En las redes sociales y en las calles, como casi todo en Colombia, las opiniones están divididas a favor como en contra de este fallo. No obstante, más allá de ser una sentencia constitucional y que 24 semanas son mucho tiempo para contemplar un aborto, es más que todo una cuestión de ética y principios individuales. Puede que las leyes lo permitan, pero finalmente es una decisión de la madre.
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*Escritor, agroforestal y político local.
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