By using this site, you agree to the Privacy Policy and Terms of Use.
Aceptar
CorrillosRCorrillosRCorrillosR
  • Nacional
  • Capitales
  • Economía
  • Política
  • Informe
  • Análisis
  • Regional
  • Internacional
  • Descubrir
Lectura: Procuraduría destituyó e inhabilitó a gobernadores de Córdoba Besaile y Lyons
Compartir
Notificación Mostrar Más
Aa
CorrillosRCorrillosR
Aa
  • Nacional
  • Capitales
  • Economía
  • Política
  • Informe
  • Análisis
  • Regional
  • Internacional
  • Descubrir
  • Nacional
  • Capitales
  • Economía
  • Política
  • Informe
  • Análisis
  • Regional
  • Internacional
  • Descubrir
Tiene una cuenta existente? Signo En
Suscribirse con NOSOTROS
  • Advertise
© 2022 Foxiz News Network. Ruby Design Company. All Rights Reserved.
CorrillosR > Blog > Judicial > Procuraduría destituyó e inhabilitó a gobernadores de Córdoba Besaile y Lyons
Judicial

Procuraduría destituyó e inhabilitó a gobernadores de Córdoba Besaile y Lyons

CORRILLOS
Última actualización: 2018/09/29 at 12:00 AM
CORRILLOS hace 7 años
Compartir
COMPARTIR

La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad por 10 años al gobernador de Córdoba, Edwin Besaile Fayad, y al exgobernador, Alejandro Lyons Muskus, por irregularidades en pagos de terapias a menores de edad en condición de discapacidad.

A Besaile Fayad y Lyons Muskus la Procuraduría les reprochó no haber ejercido su deber de vigilancia y control sobre los actos de sus secretarios de Salud, lo cual permitió que se ordenaran pagos de terapias de rehabilitación a 2.181 menores de edad en condición de discapacidad, prestadas en el periodo comprendido entre diciembre de 2014 y agosto de 2015, por $4.988 millones, sin que mediara relación contractual entre el ente territorial y Funtierra Rehabilitación IPS.

El órgano de control también destituyó e inhabilitó por 11 años a los exsecretarios de Salud del departamento, Edwin Preciado Lourdy y José Jaime Pareja Alemán, por ordenar el pago de los servicios de salud a través de las resoluciones No. 00002 de fecha 13 de abril de 2016, No. 001267 del 20 de mayo de 2015, No. 001516 del 11 de junio de 2015, No. 002529 del 28 de julio de 2015, No. 002765 del 6 de octubre de 2015, No. 005223 del 4 de noviembre de 2015, No. 005806 de fecha 11 de noviembre de 2015 y No. 08320 del 15 de diciembre de 2015.

El Ministerio Público encontró que los disciplinados explicaron que los pagos obedecían al cumplimiento de fallos de tutela. No obstante, el órgano de control advirtió que aunque las decisiones judiciales debían ser acatadas, en este caso las órdenes consistían en la obligación de prestar el servicio y en ningún momento se dispuso omitir la celebración de un contrato.

La Procuraduría recordó que según lo señaló el Consejo de Estado, no se puede ordenar el pago de servicios que se hubieren ejecutado sin la previa celebración de un contrato, salvo que exista una amenaza o lesión inminente que pueda representar un perjuicio irremediable para la salud de las personas, eventualidad que admite ejecutar actividades sin contrato y no se presentó en este caso.

En este sentido, el órgano de control determinó que el ente territorial no se encontraba en una situación de urgencia que le impidiera planificar y adelantar el correspondiente proceso de contratación, pues conocía la necesidad que se venía presentando en los últimos años frente a la prestación del servicio y la reiteración de las tutelas.

Procuraduría (@PGN_COL ) destituyó e inhabilitó por 10 años a gobernadores de #Córdoba Edwin Besaile y Alejandro Lyons

📝https://t.co/1TvsX05Jd6 pic.twitter.com/U3fpS9iB9y

— Procuraduría General de la Nación (@PGN_COL) September 27, 2018

En fallo de primera instancia, el órgano de control calificó la falta de los disciplinados como gravísima a título de culpa gravísima.

La Procuraduría General ordenó remitir copia de esta decisión a la Corte Constitucional y a la Contraloría General de la República, para que haga parte de las actuaciones que adelantan por hechos relacionados.

Así mismo, a la Procuraduría Delegada para la Salud, la Protección Social y el Trabajo Decente, para que evalúe si se hace necesario adelantar una acción preventiva en los departamentos del país con la finalidad de preservar el ordenamiento jurídico y el patrimonio público, y a la Gobernación de Córdoba para que adopte las medidas necesarias en pro de garantizar el derecho a la vida digna y a la salud de los niños, niñas y adolescentes que requieren la prestación de estos servicios de salud en el departamento.

Contra esta decisión de primera instancia procede el recurso de apelación.

You Might Also Like

Imputada exasesora del Ministerio de Hacienda en escándalo de la UNGRD

Máxima condena para tres responsables del ataque a la Registraduría de Gamarra

Alistarían detalles para ultimar uniformados en calles de Montería

En operativos la Policía de Bucaramanga capturó a alias “Kevin” y “Javier”

Policía incauta más de una tonelada de cocaína camuflada en condimentos

CORRILLOS septiembre 29, 2018 septiembre 29, 2018
Compartir Este Artículo
Facebook Twitter Whatsapp Whatsapp Email Print
Artículo Anterior Estos son los gerentes de las ESE nominados a los Más Influyentes de Corrillos
Próximo Artículo Tres guerras

Corrillos edición 41

Síguenos

en nuestras redes socilaes
Facebook Like
Twitter Follow
Instagram Follow
Youtube Subscribe
Tiktok Follow

Noticias populares

Internacional

Robert Prevost estuvo en Colombia antes de ser elegido Papa León XIV

CORRILLOS Por CORRILLOS hace 44 minutos
Petro rechaza fallo que declara nula elección del gobernador del Magdalena
Imputada exasesora del Ministerio de Hacienda en escándalo de la UNGRD
León XIV asume pontificado con un llamado a la paz y la unidad
MinTIC lanzó ruta para evitar la pobreza digital

Las principales noticias de Colombia y el Mundo.

  • Política
  • Economía
  • Nacional
  • Internacional
  • Regional
  • Moda y Estilo
  • Corrillos TV
  • Judicial
  • Capitales
  • Entretenimiento
  • Informe
  • Análisis
  • Tendencias
  • Opinión
  • Tecnología

Siganos en nuestras redes sociales

COPYRIGHT © 2023 CORRILLOS SAS NIT. 901671461-9. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin autorización escrita de su titular.

WhatsApp us

¡Bienvenido de nuevo!

Iniciar sesión en su cuenta

Perdido tu contraseña?