La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) informó mediante un comunicado que suspendió de forma preventiva las actuaciones administrativas ambientales de evaluación en varios expedientes de su competencia hasta que cuente con los análisis técnicos suficientes que determinen la inexistencia del riesgo.
Esta decisión implica que la autoridad ambiental suspendió los trámites que se encontraban evaluación en el área de influencia del Pozo Lizama 158, correspondientes a perforación de nuevos pozos de reinyección e inyección, actividades de recuperación secundaria y terciaria o recobro mejorado y autorización de licencias ambientales o modificaciones de licencia o Plan de Manejo Ambiental.
La resolución de la ANLA indica que estos expedientes se encontraban a nombre de las empresas Ecopetrol, Petrosantander (INC) y Vetra Exploración y Explotación Colombia S.A.S, empresas que serán notificadas por la autoridad ambiental
Según la directora de la entidad, Claudia Victoria González Hernández, la medida en cuestión sólo va dirigida al área del evento ocurrido el 2 de marzo pasado y busca establecer que las causas de la contingencia no generarán consecuencias de “índole ambiental en los demás pozos, esto en vista de prevenir situaciones como las ya presentadas en dicho campo de explotación”, en referencia al derrame de crudo presentado en este pozo durante el mes de marzo.
Cabe aclarar que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales basó su decisión en análisis técnicos realizados por su Subdirección de Evaluación y Seguimiento y “en virtud de lo señalado por la Corte Constitucional en su amplia jurisprudencia”, entre la que se destaca la Sentencia C-703/10, que “ha advertido que la adopción de medidas fundadas en el principio de precaución debe contar con los siguientes elementos: que exista peligro de daño, que exista un principio de certeza científica, así no sea ésta absoluta” de los hechos que llevan a la autoridad a soportar su actuación.
La resolución dispone que el incumplimiento de las obligaciones establecidas o requeridas en el acto administrativo y en la normatividad ambiental vigente, dará lugar a la imposición y ejecución de las sanciones que sean aplicables. Y agrega que contra lo establecido en el acto administrativo no procede recurso.
La ANLA ha venido adelantado de forma permanente visitas y seguimiento al área donde se presentó la contingencia, la cual aún no se puede considerar superada. Sobre los hechos ocurridos el 2 de marzo pasado se adelanta un proceso sancionatorio ambiental contra Ecopetrol.
Por otra parte, Ecopetrol reveló que firmó una alianza con el Instituto Von Humboldt para el plan de restauración integral del corregimiento de La Fortuna, en Barrancabermeja.
Según la petrolera, 30 expertos en biodiversidad analizarán lo sucedido en la zona tras el incidente y diseñarán el plan que permitirá la restauración del ecosistema. Uno de los objetivos del equipo de expertos será «garantizar la permanencia de una buena calidad de vida y de servicios en la región por largo tiempo, con énfasis en los componentes ecológico y socio-económico».