La Secretaría Distrital de Salud, en su compromiso por garantizar el derecho a la salud de todas las personas que residen en el territorio, invita a la población migrante venezolana residente en el territorio a mantener actualizada su información de residencia, como es la obligación de todos los afiliados del Sistema General de Salud, para garantizar la continuidad en la prestación de este servicio.
Este requerimiento se encuentra establecido en el Artículo 2.1.5.4.1, párrafo 2, del Decreto 780 de 2016, el cual exige a las personas extranjeras acreditar su permanencia en el país a través de la actualización periódica de su domicilio, proceso que debe realizarse cada cuatro (4) meses.
Según Anderson Palomino, funcionario de la Secretaría de Salud, el no cumplimiento de esta obligación dará lugar a la presunción de que la persona ya no reside en el Distrito, motivo por el cual se procederá con la desvinculación del sistema de salud, lo cual implica la pérdida del acceso a servicios médicos esenciales y a tratamientos continuos.
Las personas deberán acercarse de forma presencial al área de Aseguramiento de la Secretaría Distrital de Salud, ubicada en la calle 49 # 4-02 – Sector Comercial, en el horario comprendido entre las 8:00 a.m. y las 11:30 a.m. Deben llevar los siguientes documentos en original:
- Permiso por Protección Temporal (PPT).
- Recibo reciente de servicios públicos (agua, luz o gas) donde sea visible la dirección actual.
- Si es cabeza de familia, también deben presentar los documentos originales de los miembros del núcleo familiar afiliados bajo su titularidad.
La Secretaría Distrital de Salud hace un llamado a todas las personas migrantes venezolanas a cumplir con este requisito antes de que se cumplan los 4 meses desde la última actualización, para así evitar suspensiones del servicio o barreras de acceso a la atención médica.
Para más información, la comunidad puede acercarse a la Secretaría o comunicarse con el área de Aseguramiento para resolver dudas y recibir asesoría directa sobre el proceso.