La Embajada de Colombia en España confirmó que la norma que imponía restricciones especiales de viaje a personas procedentes de Colombia no ha sido renovada, lo que significa que los colombianos ya pueden ingresar a España sin cuarentenas.
A partir de este lunes, Colombia ha dejado de ser un país de riesgo alto por Covid-19 y regresa a ser un país de riesgo moderado para ese territorio europeo. Ya no será necesario hacer cuarentena a la llegada al territorio, pero se requerirá certificar la vacunación o la recuperación de la enfermedad.
Según informa el Ministerio de Salud de España, las personas de países no miembros de la Unión Europea, «podrá viajar presentando un documento acreditativo/certificado de vacunación frente a covid-19 y una prueba diagnóstica negativa o de recuperación frente a la covid-19».
No tienen la obligación de presentar estos certificados o documentos acreditativos los niños menores de 12 años.
A partir de este lunes, Colombia ha dejado de ser un país de riesgo alto por Covid-19 y regresa a ser un país de riesgo moderado para ese territorio europeo. Ya no será necesario hacer cuarentena a la llegada al territorio, pero se requerirá certificar la vacunación o la recuperación de la enfermedad.
Según informa el Ministerio de Salud de España, las personas de países no miembros de la Unión Europea, «podrá viajar presentando un documento acreditativo/certificado de vacunación frente a covid-19 y una prueba diagnóstica negativa o de recuperación frente a la covid-19».
No tienen la obligación de presentar estos certificados o documentos acreditativos los niños menores de 12 años.
¡Buenas noticias!
Sanidad 🇪🇸 ha retirado restricciones de viaje para personas procedentes de Colombia.
No habrá cuarentena, pero los viajeros deberán cumplir con 2 requisitos: vacuna y código QR 📹 pic.twitter.com/cYUo1OVtKs
— Luis Guillermo Plata (@LGPlata) August 23, 2021
Sobre el certificado de vacunación, este debe demostrar la «vacunación con pauta completa, al menos 14 días antes de llegar a España, con vacunas autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento (Pfizer, Moderna, Janssen y AstraZeneca) o por la Organización Mundial de la Salud (Pfizer, Moderna, Janssen, AstraZeneca, Sinopharm y Sinovac).
Sobre la prueba diagnóstica, esta debe tener «fecha de toma de muestra, identificación y datos de contacto del centro que realiza el análisis, técnica empleada y resultado negativo».
Y sobre el certificado acreditativo de recuperación, «debe recoger la fecha de la primera prueba positiva, e indicar que el pasajero ha pasado la enfermedad y no es infecto-contagioso en el momento actual, y el país de realización del certificado».
Todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima deberán también «completar antes de la salida un Formulario de Control Sanitario» y obtener un código «QR para presentarlo en el embarque y en los controles sanitarios a su llegada a España».
El formulario requerido por España se puede obtener en el portal www.spth.gob.es y el código QR asociado al viaje se generará tan pronto de haya completado la información. El formulario de deberá firmar hasta 48 horas (2 días) antes de la llegada a España. Sin el código QR no se podrá ingresar al país.