Dos hallazgos administrativos con alcances disciplinarios halló la Contraloría Municipal de Bucaramanga al hacer una auditoría exprés, la número 027-2020 de junio 30 de 2020, en Bomberos de Bucaramanga.
El escándalo parecía mayúsculo luego de que un anónimo interpusiera una queja en donde el remitente informaba a la Contraloría que “en Bomberos de Bucaramanga el Director contrató entre otras tapabocas a 24 mil pesos cada uno con sobrecostos”
Además decía el remitente “hicieron mínima cuantía y luego adicionaron” … hubo “fraccionamiento de contratos buscando eludir proceso de convocatoria pública de menor cuantía …violación al principio de planeación, ¿peculado? daño fiscal… “.
Acusaciones graves
El anónimo podía no señalar su nombre pero sugería pecados capitales cometidos por el Director de Bomberos de Bucaramanga, quien aprovechó el momento de la pandemia para adquirir equipos de bioseguridad para los bomberos, quienes se reconoce los requieren para su labor.
¿Los riesgos a que están expuestos los bomberos? Sería largo de señalarlos. Adicional a ello que los Bomberos no pararon su labor en la cuarentena al ser un servicio esencial para la comunidad.
Por tanto los equipos de bioseguridad no solo eran necesarios sino urgentes para proteger la integridad de las unidades no solo en sus labores normales, sino que a ello se le agregaba el riesgo de contagio a donde fueran y en donde estuvieran ya que para ellos no se conjugó la frase: “quédate en casa”.
Informe al detalle
Corrillos! conoció el informe de la Contraloría de Bucaramanga luego de realizada la auditoría exprés y lo primero que debe señalarse es que tapabocas sí se compraron y la Contraloría desde el trabajo en casa cotizó con ocho empresas que comercializan esos elementos.
Las respuestas en general señalaban que en efecto por esos días los tapabocas y demás elementos de bioseguridad manifestaron un incremento ante el tema de la oferta y la demanda.
Además de que en los días en que la Contraloría cotizó los tapabocas, la respuesta de las empresas fue señalar que en ese momento no tenían los elementos, sin embargo les informaron los precios a que se comercializaron los tapabocas según el modelo N95 y los costos a que podrían llegar los nuevos pedidos.
Dice la Contraloría que luego de la Auditoría Exprés se estableció que Bomberos de Bucaramanga, dio inicio a una contratación de mínima cuantía, cuya finalidad fue la adquisición de elementos de protección y bioseguridad para su uso.
Justificó la compra en la necesidad de la adquisición de elementos de protección de bioseguridad y para la atención de eventos relacionados con la exposición a bajas temperatura, condiciones climáticas adversas, ruido y contacto con fluidos corporales.
Sin especificaciones
Sin embargo, la Contraloría de Bucaramanga no encontró en los documentos del contrato las especificaciones técnicas referente a los trajes de bioseguridad desechables, omitió el contrato describir en qué material debían ser elaborados y la cantidad de los mismos por tallas, según quien los fuera a usar.
En cuanto a los tapabocas No. 95, con válvula de exhalación (sin marca especifica)”, la entidad contratante no señaló dentro de las obligaciones que el contratista debía presentar la certificación de cumplimiento de las especificaciones del citado elemento bien sea por el Instituto Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional NIOSH; o por la Administración para la Seguridad y Salud Ocupacional OSHA.
Además omitió las fechas de elaboración de los estudios previos; la invitación pública y el acta que contiene el otrosí No. 1.
En los estudios de conveniencia para la elaboración del otrosí No. 2 en donde se modificó el plazo inicial y adicionaron en tiempo y valor, 10 días más y por valor $10.212.000, la entidad contratante omitió señalar qué elementos y la cantidad para satisfacer la necesidad.
Pero sí suscribió un documento denominado modificatorio 2, en donde las partes acuerdan hacer una homologación de 109 trajes por otros elementos aduciendo que el contratista manifestó no tener disponibles los trajes en las tallas grandes.
Exención del IVA sin cuantía
En el mismo documento de estudio de conveniencia señalaron la exención del IVA para algunos elementos de acuerdo con el Decreto No. 551 de 2020, sin embargo, no realizaron una operación matemática que determinara el valor que el Contratista debía hacer devolución por concepto del IVA no cobrado, de conformidad con el valor del contrato inicial.
Bomberos de Bucaramanga respondió a esos hallazgos de la Contraloría, pero la respuesta no fue suficiente para desvirtuar lo hallado y por tanto las omisiones señaladas generaron lo que la Contraloría llamó: Hallazgo administrativo con alcance disciplinario, para que sea Incluido en el Plan de Mejoramiento suscrito por la Entidad para establecer las acciones correctivas pertinentes.
Estudios previos sin fecha
Además la Contraloría revisó el cronograma contenido en los estudios previos numeral 2.6., señaló que la “Publicación de Estudio Previo e Invitación a presentar propuesta” era el 19 de marzo de 2020.
Si bien es cierto que este documento carece de fecha, fue publicado en el Secop I el 19 de marzo de 2020 a las 04:07 PM; y el plazo para presentar observaciones o aclaración al estudio previo e invitación a presentar propuesta era el 20 de marzo de 2020 hasta las 10:00 am y la
Publicación de respuesta a observaciones o solicitudes de aclaración era el mismo 20 de marzo a las 2:30 pm.
Recuerda la Contraloría de Bucaramanga que la Ley 1474 de 2011 en su artículo 94, establece que el plazo para publicar la invitación a ofertar en procesos de mínima cuantía no puede ser inferior a un (1) día hábil. Señala la Contraloría que la Ley 4 de 1913.- Artículo 59, respecto de los plazos señaló: “todos los plazos de días, meses o años, de que se haga mención legal, se entenderá que terminan a la medianoche del último día del plazo (…)”.
Por tanto halló que existió indebida interpretación de la normatividad de regula la contratación referente a la mínima cuantía, pues el hecho de haber realizado la publicación el día 19 de marzo, pasadas las 4:00 de la tarde, significa que el conteo de un (1) día hábil terminaba el día 20 de marzo a la medianoche.
Vulneración de principios
Lo anterior, dice el informe conocido por Corrillos!, significó vulneración de principios que regulan la contratación y a normas de carácter procesal; limitó la concurrencia y la pluralidad de oferentes, falencias que ameritan reproche de orden disciplinario de conformidad con la Ley 734 de 2001 artículo 34.
De esa forma el Equipo Auditor de la Contraloría de Bucaramanga pudo concluir que Bomberos de Bucaramanga, no desvirtuó con su respuesta la observación, y por ello se configuró un segundo: Hallazgo administrativo con alcance disciplinario, para que sea incluido en el plan de mejoramiento suscrito por la Entidad para establecer las acciones correctivas pertinentes.
En resumen dos hallazgos administrativos con alcances disciplinarios, pero no adquisición de elementos con sobrecostos.