La curul del actual senador Gustavo Petro se salvó, luego de que el Consejo de Estado negó una demanda en contra de su investidura como senador.
El demandante, el abogado santandereano Carlos Alfaro Fonseca, consideraba que Petro había violado el régimen de inhabilidades. Argumentaba que el legislador aspiró a un cargo de elección popular, pese a que fue sancionado por la Contraloría siendo alcalde de Bogotá.
El Consejo de Estado consideró que, si bien es cierto que existen tres condenas fiscales en las que Petro fue condenado -por decisiones relacionadas con la contratación de maquinaria para la puesta en funcionamiento de un nuevo modelo de recolección de basuras en la capital-, “cuando el demandado fungió como alcalde mayor de la capital, estas no dan lugar a la pérdida de investidura”, se lee en el comunicado.
Así mismo, el fallo sostiene que estas sanciones fiscales se basan en actos administrativos que fueron emitidos por la Contraloría Distrital de Bogotá y no constituyen sentencias judiciales.
Además, el Consejo de Estado agrega que, para que se produzca la causal de pérdida de investidura, “debe existir una sentencia judicial que pruebe que una actuación dolosa o gravemente culposa del congresista, como servidor público, haya dado lugar a una condena de reparación patrimonial en contra del Estado”.