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Lectura: ¿El trabajo sexual debería ser regulado?
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CorrillosR > Blog > Opinión > ¿El trabajo sexual debería ser regulado?
Opinión

¿El trabajo sexual debería ser regulado?

CORRILLOS
Última actualización: 2023/03/30 at 6:44 AM
CORRILLOS hace 2 años
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¿Qué sucede en el mundo contemporáneo en donde los límites de lo privado en su doble sentido se han delineado al margen de límites borrosos?

Por: Érika Bayona López/ Si bien el desarrollo del trabajo sexual no es contemporáneo, las discusiones que enmarcan su legalidad se han adelantado significativamente en un panorama histórico que encierra una serie de fenómenos que dan una orientación específica el impacto de este ejercicio liberal, como lo es la aceleración de la globalización, especialmente económica, que inevitablemente ha llevado a una aceleración del libre intercambio y en este contexto aparece acérrimamente una circulación masiva en el libre mercado mundial del sexo, lo cual implica necesariamente una movilidad de las personas prestadoras de servicios sexuales o, en otros casos, se hace uso del desarrollo tecnológico que permite una circulación global desde el plano de lo local, como lo que representa la pornografía con su rápida extensión en medios como Internet.

Contenido
¿Qué sucede en el mundo contemporáneo en donde los límites de lo privado en su doble sentido se han delineado al margen de límites borrosos?Diferencias entre trabajo sexual, trata, violencia, y explotación sexual(Esta es una columna de opinión personal y solo encierra el pensamiento del autor).

Las leyes de trabajo sexual autónomo y las políticas públicas que regulen el trabajo sexual son una deuda de nuestros gobiernos, y más aún con la globalización, como por ejemplo las aplicaciones de citas, cuyo trasfondo se están utilizado como medios de masificación de servicios sexuales entre otros. Disponer de un marco de garantías para las mujeres u hombres que deciden ejercer este trabajo redundará en una mejora en la calidad de vida, ayudará a quienes la ejercen, el padecer estigma, discriminación, persecución y marginación y contribuirá a que nuestras sociedades sean más incluyentes e igualitarias.

No podemos dudar de que el trabajo sexual es un trabajo que debe ser regulado con garantías necesarias con el fin de que cada trabajadora o trabajador sexual que elige este trabajo en libertad, sean sujetos de protección como cualquier trabajador independiente. Llámese emprendedores o no, lo cierto es que los servicios sexuales, en el marco de las posibilidades laborales, desde la clandestinidad es una opción para quienes, desde la comodidad de su casa, exhiben sin pulcritud sus cuerpo o actividades de entretenimiento y que a su vez son cada vez más frecuentes y silenciosas de lo que pensamos.

La dignificación dentro de la estigmatización, es quizás el tabo más árido de percepción social que encontramos dentro de la realidad y más aún en países latinos como el nuestro, donde la costumbre comercial aplica con gran ingenio en estas actividades en cualquier sector o estrato social. Los trabajadores sexuales autónomos, lo hacen en ejercicio de su independencia económica, diferente es, cruzar esa línea delgada entre la ilegalidad o ilicitud de algunos canales de pornografía de la Deep web, donde lamentablemente, existe una trata de blancas sometidas para generar contenido a personas forzadas para ello; tales como menores de edad, migrantes o en condición de debilidad física. Es allí en este sentido donde de desdibuja una actividad independiente a un acto ilegal.

En un marco de respeto a la igualdad entre personas, el trabajo sexual debe tener garantizadas las mismas condiciones laborales que tienen otras u otros trabajadoras/es autónomas/os. Pese a que prestan un servicio a cambio de un pago, esta actividad conlleva derechos y obligaciones que para su implementación requieren de una regulación y desde luego políticas públicas que busquen la prevención de riesgos biológicos y legales del ejercicio de esta actividad.

Es imprescindible considerar este trabajo desde una perspectiva de género y respetar dicha autonomía como mujeres trabajadoras. Con ello se achicarán las brechas de exclusión, no sólo al interior de nuestros países sino también en Latinoamérica y el Caribe. Con ello estas mujeres pueden gozar de un desarrollo individual y social pleno e igualitario en todas las esferas de la vida, tal como lo establecen las convenciones internacionales suscriptas por nuestros países y como se ha demostrado en aquellos donde la regulación de la actividad existe, como en el caso holandés.

Tenemos derechos que los Estados aún no han querido reconocer. El establecimiento de leyes y normas que regulen el trabajo sexual autónomo es la vía adecuada para que ellos respeten sus obligaciones con la población nacional, así como los compromisos asumidos internacionalmente que nos permitan trabajar en un marco de legalidad e igualdad.

La falta de una ley que regule esta actividad genera un marco dentro del cual, amparadas en inconstitucionales normas administrativas, las fuerzas de seguridad persiguen, detienen, allanan y hasta clausuran, ejerciendo una violencia inaceptable y consecuentemente hacia sus propias familias. En los últimos años, las organizaciones integrantes de la RedTraSex se ha registrado una serie asesinatos de mujeres trabajadoras sexuales. A modo de ilustración, en Honduras, se registraron 16 ejecuciones; en el Salvador, 27; en Bolivia, 9; en chile, 16 casos. El denominador común, casi sin excepciones, ha sido la impunidad.  En Colombia las cifras de caso no resueltos por homicidios a esta población cada día son más, confusos, dados los medios y modos operandi, donde muchas veces de confunden con feminicidios o delitos de odio.

¿Me gustaría vivir en un mundo donde nadie tuviera que hacer trabajo sexual? Por supuesto. Pero no es el caso, así que quiero vivir en un mundo donde las mujeres lo hagan en gran medida voluntariamente y de manera segura.

Diferencias entre trabajo sexual, trata, violencia, y explotación sexual

Por trabajo sexual se entiende la prestación consentida de servicios sexuales a cambio de algún tipo de remuneración entre personas adultas. El trabajo forzado y la trata de personas (para fines que incluyen la explotación sexual) constituyen graves abusos contra los derechos humanos y deben ser tipificados como delito. los Estados tienen la obligación de prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente de mujeres, niños y niñas y de proteger los derechos humanos de las víctimas de trata. Por otro lado, los niños y niñas implicados en actos de comercio sexual son víctimas de explotación sexual, reconocida por la Organización Internacional del Trabajo como una de las peores formas de trabajo infantil y un grave abuso contra los derechos humanos.

La explotación en el contexto del comercio sexual adopta diversas formas que van desde violaciones de los derechos laborales (por ejemplo, de la normativa sobre salud y seguridad en el trabajo) hasta formas muy graves de explotación que incluyen prácticas equivalentes a la servidumbre y el trabajo forzado.

Las personas que toman decisiones en contextos de pobreza, situación administrativa irregular, desplazamiento o conflicto corren un mayor riesgo de explotación, que se incrementa por la criminalización a la que se ven sometidas. Los Estados tienen la obligación de protegerlas frente a la explotación, pero también de reconocer y respetar la participación y la capacidad de decidir de las personas adultas de ejercer trabajo sexual consentido.

Los Estados tienen la obligación de abordar la discriminación y la desigualdad de género e interseccional y proporcionar una red de seguridad social suficiente para garantizar que nadie tiene que depender del trabajo sexual a causa de la pobreza o la discriminación, y que todas las personas pueden dejar el trabajo sexual cuando lo deseen. Ello incluye medidas de educación y formación eficaces y puestos de trabajo alternativos libremente elegidos, así como protección frente a la discriminación por el trabajo ejercido anteriormente.

Sin embargo, hacer comparaciones frente a la realidad que vive nuestro país sobre este espinoso tema comercial es cada día un tabo más que segrega nuestra sociedad. Donde en muchos casos por circunstancias sociales y económicas, hacer visible un estado del arte de esta labor resulta una idealización ente el deber ser y la realidad, ya que el consumo de drogas y demás actividades ilícitas tienen a combinarse en su función.

Otro aspecto preocupante son los altos índices de contagios por VIH de los miembros de la Policía Nacional, en algunos casos están vinculados al ejercicio de la prostitución y la pluralidad de servicios sexuales que son frecuentados por algunos de los uniformados, tocando fibras sensibles de esta laudable institución.

Esperamos que, con el nuevo gobierno el vivir sabroso tenga impactos semánticos y reales en la construcción del plan de desarrollo nacional, donde la inclusión sea real y se enmarquen problemáticas sociales como la que vive esta población, que productiva o no, dentro de la legalidad o ilegalidad, factura día a día.

…

*Acount Auditor-QA / MBA y Máster en Project Management. Auditor interno BASC. Administradora de Negocios Internacionales y Especialista en Mercadeo Internacional de la Universidad Pontificia Bolivariana.

Instagram: erikabayonalpz

Twitter: erikabayonalpz

Facebook: Erika Bayona López.

(Esta es una columna de opinión personal y solo encierra el pensamiento del autor).

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ETIQUETADO: Economía, Érika Bayona López, Policía Nacional, Política, Trabajo sexual
CORRILLOS marzo 30, 2023 marzo 28, 2023
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