El Juzgado Tercero de Familia en Oralidad de Bogotá emitió el pasado 20 de marzo un fallo que sanciona por desacato a Zoraida Hernández Pedraza, directora técnica de Reparación de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV).
La funcionaria fue condenada a dos días de arresto y deberá pagar una multa equivalente a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, tras desatender una sentencia de tutela que ordenaba a la UARIV reprogramar el pago de una indemnización administrativa.
Según el expediente, la sentencia inicial, emitida el 2 de octubre de 2024, pretendía proteger los derechos fundamentales al debido proceso, vida digna y salud de Ónix Ruth Flórez Pineda, víctima del conflicto armado y residente en el extranjero.
El juzgado había ordenado reprogramar el pago de su indemnización administrativa en un plazo máximo de 15 días, verificando la documentación presentada por la víctima. Sin embargo, la UARIV no solo incumplió el mandato judicial, sino que adoptó prácticas dilatorias que agravaron la situación financiera y emocional de la accionante.
“La actitud negativa mostrada desde la tutela y que fue censurada por el juez en el fallo, ha sido la constante de los abogados de la Unidad, quienes se comportan no como agentes del Estado instituidos para ayudar a las víctimas, sino como defensores de aseguradoras buscando a toda costa que el dinero no salga de sus cuentas”, se lee en uno de los memoriales de impulso enviados por Ónix Flórez al juzgado.
Abel Carvajal Olave, Juez tercero de Familia en Oralidad de Bogotá, subrayó que a pesar de haber dado múltiples oportunidades y oficiado más de cuatro veces apremiando el cumplimiento de la decisión, la entidad solo buscó en sus respuestas desligarse del procedimiento.
“A fin de garantizar el debido proceso y el derecho de defensa, a pesar de los múltiples requerimientos y en vista de que el incidentado no presentaba documento alguno que acreditara el acatamiento requerido, se procedió a realizar la notificación personal y en el término concedido, tampoco se allegó comunicación de cumplimiento a la orden judicial”, se lee en uno de los apartes de la providencia.
Más adelante, el juez emite una opinión que deja en evidencias las falencias que hay al interior de la entidad y los procedimientos que han de llevarse a cabo para cumplir no solo con la misión y visión de la Unidad de Víctimas, sino también, providencias como esta, que advierten las debilidades.
“Se encuentra acreditado que la entidad incidentada no ha dado cabal cumplimiento con la orden impartida en la sentencia de tutela y sin que medie justificación razonable alguna, resulta procedente imponer a la doctora Zoraida Hernández Pedraza, en su calidad de directora técnica de Reparación de la Unidad para las Víctimas, las sanciones previstas por incumplir la orden proferida en el fallo de tutela”, concluye Abel Carvajal Olave después de estudiar las pruebas que obran en el plenario.
El togado calificó las acciones de la funcionaria como negligentes, por lo que ordenó compulsa de copias a la Fiscalía para investigar si hubo fraude en la resolución judicial y exigió a la UARIV cumplir con el pago pendiente, garantizando que no se repitan retrasos injustificados.
APN Noticias