La Sección de Reconocimiento de Verdad del Tribunal para la Paz de la JEP confirmó la sentencia contra 12 antiguos miembros del Batallón de Artillería N.º 2 La Popa. Los comparecientes reconocieron su responsabilidad en 135 casos de ejecuciones extrajudiciales ocurridas en la Costa Caribe, presentadas ilegítimamente como muertes en combate.
Las sanciones, de carácter restaurativo, van de cinco a ocho años, siendo esta última la pena máxima prevista en el Acuerdo Final de Paz.
Entre los condenados figuran oficiales, suboficiales y soldados profesionales: Guillermo Gutiérrez Riveros, mayor del Ejército (8 años); Heber Hernán Gómez Naranjo, mayor (6 años, 5 meses y 6 días); Carlos Andrés Lora Cabrales, teniente (5 años, 10 meses); Eduart Gustavo Álvarez Mejía, subteniente (8 años); Elkin Leonardo Burgos Suárez, subteniente (5 años, 7 meses y 12 días); Efraín Andrade Perea, sargento (6 años, 1 mes y 6 días); Manuel Valentín Padilla Espitia, sargento primero (8 años).
También hace parte José de Jesús Rueda Quintero, sargento viceprimero (6 años, 11 meses y 24 días); Elkin Rojas, cabo tercero (6 años, 1 mes y 12 días); Yeris Andrés Gómez Coronel, soldado profesional (7 años, 7 meses y 22 días); Alex José Mercado Sierra, soldado profesional (7 años); y Juan Carlos Soto Sepúlveda, soldado profesional (6 años, 7 meses y 6 días).
La magistrada Manuela Ochoa aclaró que los sentenciados no cumplirán sus penas en unidades militares. El Ministerio de Defensa, a través de la Sociedad de Activos Especiales (SAE), destinará inmuebles para su residencia durante la sanción.
Por su parte, el magistrado Alejandro Ramelli, presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz, pidió al Congreso y al Gobierno asegurar recursos y expedir los decretos necesarios para garantizar condiciones dignas de seguridad y habitabilidad.
La sentencia también exhorta al Ejecutivo a condenar públicamente estos hechos, pedir perdón a las víctimas, revocar condecoraciones ligadas a los crímenes y declarar un Día Nacional en Conmemoración de las Víctimas de Ejecuciones Extrajudiciales.
Durante los años de sanción, los exmilitares deberán participar en proyectos de memoria, dignificación de víctimas, sanación territorial, construcción de infraestructura comunitaria y generación de ingresos.
Con esta decisión, la JEP avanza en el esclarecimiento del fenómeno de los falsos positivos, reafirmando que los crímenes de lesa humanidad no quedarán en la impunidad y que la reparación integral a las víctimas es un deber del Estado colombiano.
APN Noticias