Por: Luis Carlos Heredia Ordóñez/ Durante los últimos dos años, la discusión de los proyecto mineros de gran impacto ambiental y de magnitud de estos impactos a razón del tiempo, como por ejemplo sucede en las explotaciones mineras hechas a gran escala en las zonas de bosque alto andino en Colombia, en donde se proyecta impactos de tipo permanente (o sea para toda la vida) y algunos con una duración de 37 años, que conllevan a las afectaciones en el agua y el agua subterránea, en los acuíferos y en la dinámica de todo un sistema hidrológico en un ecosistema, causando implicaciones de daño ambiental en el uso y la calidad de este recurso.
Ha propiciado todo un debate social, técnico, científico, político, económico y también a nivel de ingeniería, qué ha movido fuerza ciudadanas, y que además ha generado el interés y acceso de todos los colombianos al recurso agua, ya los bienes y servicios ambientales que son ofrecidos por los ecosistemas altoandinos y andinos, con ello teniendo en cuenta que el manejo ambiental de estos ecosistemas y todo lo que pasé a nivel ambiental y proyectivo asociado con el crecimiento económico o el desarrollo de proyectos de gran impacto ambiental, tiene una relevancia en la calidad de vida de las ciudadanos y de las cabeceras municipales que se abastecen de estos bienes y servicios ambientales.
Cabe destacar que en el Congreso de la república y más exactamente en la comisión primera del Senado, se venía tramitando el proyecto de acto legislativo número 22 de 2020, el cual tuvo como autores: La senadora Paola Holguín Moreno; el representante a la Cámara por Antioquia, Juan Espinal y como coautores al senador Alejandro Corrales Escobar; representante a la Cámara por Risaralda, Javier Jaime Vallejo; senador Carlos Felipe Mejía; representante a la Cámara por el Tolima, Ricardo Ferro; los senadores María Guerra, José Obdulio Gaviria, Helena Chagüi y el Representante Juan Vélez; en el cual el proyecto de acto legislativo (que son propuestas para la modificación de la Constitución Política de 1991 en la Comisión Primera del Senado) titulado: “Por medio del cual se reforma la constitución política de Colombia en su artículo 79 adicionando un inciso que prohíbe expresamente el ejercicio de actividades de exploración y explotación mineras en ecosistemas de páramos” y que tuvo como ponente asignado a la senadora Paloma Susana Valencia.
En este proyecto de acto legislativo, que en primera medida se presentó como un proyecto bien intencionado de una manera teórica, en la realidad pretendía abrir la posibilidad de afectar gravemente los acuíferos, aguas subterráneas, bosques andinos y altoandinos muy importantes para la seguridad hídrica y la calidad hídrica de los recursos hidrológicos del país.
Debido a que este proyecto permite la conservación de los páramos, pero no Integra opciones de desarrollo sostenible, mecanismos de control ambiental, estaciones a los usos de los recursos naturales, que podrían proteger de una manera integral los recursos asociados con los páramos como el agua superficial, las aguas subterráneas, y las dinámicas asociadas con el ciclo hidrológico entre los páramos, bosques alto andinos, y bosques andinos; teniendo en cuenta que las dinámicas del agua son muy importantes para la presencia de comunidades, que viven en torno a la agricultura, la minería ancestral, y la ganadería, poniendo en riesgo el agua no solamente las comunidades campesinas, en el caso del departamento de Santander este proyecto pondría en riesgo el suministro del agua potable, de 2.106.000 habitantes en el área metropolitana de Bucaramanga.
Además, en este proyecto acto legislativo se dejó un vacío a la explotación minera a gran escala, que promueve la contaminación del aire por el establecimiento de proyectos Mineros con un alto número de impactos ambientales, un alto número de material de residuos de construcción y demolición de las minas muy alto, y especialmente la afectación en la calidad y cantidad del recurso hídrico Qué es necesario para las actividades agrícolas, pecuarias, como si había mencionado antes; de pequeña minería y minería artesanal o de subsistencia en muchas ciudades colombianas.
La integralidad de los ecosistemas y especialmente el establecimiento de una relación sociedad- naturaleza, es fundamental a la hora de proponer modificaciones a la constitución, claro que no se puede pretender que por un negocio, por favorecer los intereses de ciertas empresas, y especialmente favorecer a proyectos con altísimos y permanentes daños al recurso hídrico, calidad de vida de sus habitantes, y poniendo en riesgo el suministro hídrico de muchas ciudades de Colombia, se fundamenta en este tipo de proyectos lesivos para la sostenibilidad Ambiental de los ecosistemas, y el suministro de servicios públicos básicos como lo es el recurso agua.
Es necesario destacar, que la importancia ecológica de los páramos, qué es altoandinos, y los bosques andinos, se fundamenta en la captación de agua, la generación de acuíferos, la presencia y desarrollo de manantiales, la generación de nacimientos de agua, quebradas, ríos, lagunas, que permitan la distribución del preciado líquido.
Además, la captación de carbono es otro bien y servicio ecosistémico muy importante de este tipo de ecosistemas, en donde la presencia de árboles, es un aspecto fundamental para la preservación de los suelos y especialmente para el reciclaje de nutrientes, que permite la generación de bosques y también la reducción en el aire de gases de efecto invernadero, causantes del grave problema del calentamiento global.
No podemos dejar atrás y mencionar que los bosques alto andinos y andinos, de casi el 70% de la población colombiana y depende de la productividad ambiental de estos ecosistemas, por lo tanto la protección y el uso sostenible de los recursos naturales en estos ecosistemas es un aspecto relevante desde la administración ambiental, la ingeniería los recursos naturales, sectores de aprovechamiento y generación de bienes y servicios, debido a que la calidad de vida y los desarrollos económicos dependen de cómo esté la calidad ambiental de estos ecosistemas.
Teniendo en cuenta que se debe permitir y fomentar el desarrollo de acciones que controlen la contaminación, que permitan tener herramientas de desarrollo sostenible eficientes, que permitan el desarrollo económico, pero también la protección y el uso adecuado de nuestros ecosistemas altoandinos y andinos.
Por lo tanto estimado lector, desde esta columna le hacemos un llamado a preservar el agua, a la utilización de elementos que permitan un bajo consumo de agua, y también invitar a la ciudadanía que pueda integrar sobre la importancia de estos ecosistemas, para evitar daños ambientales irreversibles como han pasado en el departamento de Santander en la quebrada La Angula y el Río De Oro; qué son el recuerdo viviente de la necesidad de conocer la importancia del recurso hídrico en el desarrollo de la calidad de vida, prevención de inundaciones y acciones de riesgo por inundación y sobre todo a cuidar un recurso natural tan importante del cual dependemos como especie y sociedad para el desarrollo de nuestras realidades y por eso se debe decir: Sin bosques no hay páramos.
*Tecnólogo ambiental, ingeniero ambiental.
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