Mediante un Medio de Control de Simple Nulidad, que pretende la declaración de ilegalidad de la elección del rector de la UIS para el periodo 2025 – 2028, demandó Rubén Fernando Morales Rey, en calidad de egresado de la Universidad Industrial de Santander y en su condición de veedor ciudadano, los Acuerdos No. 006 y 007 proferidos el 11 de marzo de 2025 por el Consejo Superior de la Universidad Industrial de Santander.
Explica Morales Rey que “el 11 de marzo de 2025 el Consejo Superior profirió los acuerdos 006 y 007, por los cuales se modificó el procedimiento de elección del Rector. Dichos actos administrativos se encuentran viciados de nulidad por falta de motivación, ya que no justificaron siquiera sumariamente los presupuestos necesarios para motivar adecuadamente el acto, lo que genera dudas sobre la legalidad y legitimidad del proceso eleccionario”.
Señaló además que se definió “que el 28 de abril de 2025 se desarrollara en la UIS el proceso electrónico y sistemático de votaciones para determinar la preferencia mayoritaria de la comunidad universitaria por uno de sus candidatos. Pero al respecto se generan dudas sobre la legitimidad y transparencia del proceso al carecer de un Tribunal de Garantías Electorales imparcial y transparente que brinde garantías al proceso”.
Aseguró además en su demanda que presentó a los Juzgados Administrativos de Bucaramanga que “los miembros del Consejo Superior Universitario de manera unánime resolvieron legislar y proferir los acuerdos 06 y 07 que reglan la elección del rector; pero legislaron en causa propia porque serán los mismos consejeros en el 100% los que tienen la potestad de elegir al rector; así que serán Legisladores; electores y juez y parte en la elección; estando impedidos en un recto proceder o serán recusados como se procederá”.
Asegura Morales Rey que el actual rector “Hernán Porras, si se postuló para una reelección; debió dar un paso al costado; porque lo que hizo fue desplegar todo su poder burocrático y financiero; para desequilibrar la balanza frente a simples profesores subalternos y de particulares. Estaría de esta manera impedido para ser reelecto en condiciones de igualdad con todos los candidatos”.
También anota en la demanda que “están impedidos absolutamente todos los miembros del Consejo Superior de la universidad y el mismo rector para continuar con el proceso de su reelección o de continuar con el ejercicio de la rectoría so pena de generar más desequilibrio constitucional para elegir y ser elegido con su rectoría”.