Si bien la reforma pensional ya superó su prueba en el Senado, aún tiene un buen tramo que recorrer.
Para lograr convertirse en ley, el proyecto aún debe pasar por dos debates en la Cámara de Representantes. Dos trámites que deberá completar antes del próximo 20 de junio o, de lo contrario, este podría hundirse.
A la Cámara, el articulado llega con 63 artículos aprobados como están en la ponencia, 31 que recibieron luz verde con modificaciones y dos que fueron incorporados durante la discusión. Sin embargo, ¿qué tan alineados está esta iniciativa con las expectativas de los colombianos?
Previo a que se le diera el visto bueno definitivo a la pensional en el Senado, la Asociación Nacional de Industriales (Andi) y el Centro Nacional de Consultoría (CNC) dieron a conocer una encuesta en la que se indagó qué espera la ciudadanía de este proyecto de ley.
Le contamos cuáles fueron algunos de los resultados y cómo contrastan con lo aprobado hasta el momento.
¿Dónde y cómo ahorrar?
De acuerdo con la encuesta, el 72% de las personas consultadas prefiere que su ahorro pensional esté en una cuenta personal administrada por expertos de un fondo de pensiones. Sin embargo, en caso de ser aprobada, la reforma establece que quienes coticen en un fondo privado y devenguen hasta 2,3 salarios mínimos pasarán a formar parte del pilar contributivo, el cual será administrado por Colpensiones.
En línea con lo anterior, cerca de un 49% manifestó estar en desacuerdo con el establecimiento de un umbral. En ese sentido, cabe recordar que este se redujo de los tres salarios mínimos iniciales que planteaba el proyecto a los 2,3 actuales.
En relación con el tema, un 87% también señaló que se inclina por poder ejercer su derecho a elegir en dónde quiere colocar los recursos que integran su ahorro para la pensión. No obstante, con la iniciativa esta elección se vería condicionada al nivel de sus ingresos y si estos superan o no el tope antes mencionado.
Empleo de los recursos
El 74% de los colombianos encuestados quiere que el ahorro que acumule para su jubilación se emplee para el pago de su mesada a partir del momento en que pensione y sus recursos no se empleen para otro tema distinto.
Ahora bien, el articulado aprobado hasta el momento plantea que, una vez que se realice el traslado de quienes devenguen hasta 2,3 salarios mínimos a Colpensiones, esos recursos pasarían al fondo de ahorro del pilar contributivo, con el que se pagarían las mesadas pensionales de quienes se jubilen una vez entre en vigencia la norma.
Pensión heredada
Un 97% de las personas consultadas y que ahorran para su pensión se inclinan a que, en caso de fallecer, el monto acumulado pase a ser de sus hijos, hermanos u otros familiares.
En ese sentido, el proyecto establece algunas condiciones sobre quienes pueden ser beneficiarios de la sustitución pensional, incluyendo que el cónyuge o el compañero o compañera permanente tenga más de 30 años para recibirla de forma vitalicia o menos para hacerlo de forma temporal.
También pueden ser beneficiarios los hijos menores de 18 años o los mayores de 18 años y hasta los 25 años que se encuentren estudiando y que dependían económicamente del causante al momento de su muerte.