Por la revisión de un caso en el que una mujer se negó a pagar la cuota alimentaria de $150.000 a su hijo, la Corte Suprema de Justicia determinó que las mujeres también deben cumplir con una cuota alimentaria para sus hijos, cuando estos quedan en custodia de su padre.
Con la ponencia del magistrado Luis Alonso Rico, el Alto Tribunal recordó que los derechos de los menores deben primar en un Estado de derecho. Por eso, la Sala tumbó el fallo en el que el Juzgado de familia decidió echar para atrás el embargo de su salario y ordenó reactivar las medidas para que la mujer cumpla con el pago de la cuota.
Así mismo, la Corte realizó un llamado a los jueces, porque no pueden ser «excesivamente rigurosos» cuando se trata de proteger los derechos de quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad. Teniendo en cuenta que se trata de una cuota de alimentos o vestuario para menores de edad.