La Corte Suprema de Justicia citó a María Victoria Ángulo, ministra de Educación, para el 26 de octubre con el fin de declarar dentro de la investigación que se lleva a cabo en contra del exsenador Eduardo Pulgar.
Este hecho se da tras darse a conocer que el exsenador, que está condenado a casi cinco años de prisión por los delitos de tráfico de influencias de servidor público y cohecho, visitara el Ministerio entre 2018 y 2019 para tratar la disputa que se realizaba por el mando de la Universidad Metropolitana de Barranquilla.
Según la acusación contra Pulgar, este habría intercedido a favor de distintas personas para favorecer a Luis Fernando Acosta y quedarse con el control de la institución.
Pasadas ministras de Educación como Yaneth Giha Tovar y Luz Karime Abadía ya habían negado que hubo cualquier tipo de injerencia por parte de Pulgar para determinar el acto administrativo.
No obstante, entre las pruebas hay grabaciones en las que el exsenador habla de una supuesta influencia por parte de la cartera ministerial para sobornar a un juez de la República.
Aunque la cita es para el 26 de octubre, en la Sala de Instrucción de la Corte de manera presencial, la ministra puede solicitar al organismo que la declaración se haga de manera escrita.
La condena a Pulgar
Mediante sentencia anticipada por aceptación voluntaria de cargos del procesado, el pasado 25 de junio la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exsenador Eduardo Enrique Pulgar Daza a 58 meses y 25 días efectivos de prisión como autor del delito de tráfico de influencias de servidor público en concurso heterogéneo con el delito de cohecho por ofrecer.
La providencia niega al sentenciado excongresista la condena de ejecución condicional de la sanción y resuelve no sustituirle la pena privativa de la libertad de prisión por la prisión domiciliaria.
Además, la Sala Especial de Primera Instancia le impone a Pulgar Daza una multa de 178.74 salarios mínimos legales mensuales vigentes a favor del Tesoro Nacional y lo inhabilita para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 63 meses y 19 días.
Sin embargo, la sentencia lo absuelve por el delito de tráfico de influencias de servidor público derivado de actos ejercidos para favorecer a terceros en el trámite de la solicitud de restablecimiento del derecho ante el Juez Promiscuo Municipal de Usiacurí.