Hoy lunes 21 de abril, el Ministerio de Salud expidió la resolución 691 de 2025 con la que declara la emergencia sanitaria por la fiebre amarilla en el país. Se establecieron medidas urgentes para contener la propagación del virus. Entre las disposiciones más relevantes se encuentra la vacunación obligatoria para todas las personas a partir de los 9 meses de edad, sin límite superior.
Según indica la resolución, firmada el pasado miércoles de 16 de abril, define una serie de medidas que tendrán que ser adaptadas por las autoridades sanitarias a nivel nacional para prevenir la propagación del virus en el país.
Asimismo, señala que la emergencia sanitaria estará vigente en el país hasta que haya transcurrido al menos ocho semanas epidemiológicas sin casos humanos.
En lo que va de 2024 y en lo corrido de 2025 se registraron 79 casos con 36 fallecidos. A lo anterior se adiciona que los confirmados en 2025, con base en el boletín del 20 de abril, registran cifras de 56 casos y 23 fallecidos.
Los departamentos más afectados son Tolima (61 casos), Putumayo (7 casos), Nariño (2 casos), Caquetá (2 casos), después están Huila, Cauca, Caldas, Meta y Vaupés, registrando un caso cada uno.
La resolución también establece responsabilidades claras para las Entidades Promotoras de Salud (EPS), los regímenes especiales y de excepción, el Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad y las entidades obligadas a compensar. Todas ellas deberán disponer de recursos técnicos y financieros, públicos, privados o mixtos, para garantizar la vacunación, la prevención y la atención integral de sus afiliados.
Se informa que se fortalecerán los sistemas de vigilancia por parte del Estado, y se implementarán también modelo de vigilancia comunitaria, para que las comunidades informen de casos que coincidan con la sintomatología de la fiebre amarilla.