By using this site, you agree to the Privacy Policy and Terms of Use.
Aceptar
CorrillosRCorrillosRCorrillosR
  • Nacional
  • Capitales
  • Economía
  • Política
  • Informe
  • Análisis
  • Regional
  • Internacional
  • Descubrir
Lectura: Organismos reguladores deben tener una naturaleza independiente, recordó la CREG
Compartir
Notificación Mostrar Más
Aa
CorrillosRCorrillosR
Aa
  • Nacional
  • Capitales
  • Economía
  • Política
  • Informe
  • Análisis
  • Regional
  • Internacional
  • Descubrir
  • Nacional
  • Capitales
  • Economía
  • Política
  • Informe
  • Análisis
  • Regional
  • Internacional
  • Descubrir
Tiene una cuenta existente? Signo En
Suscribirse con NOSOTROS
  • Advertise
© 2022 Foxiz News Network. Ruby Design Company. All Rights Reserved.
CorrillosR > Blog > Análisis > Organismos reguladores deben tener una naturaleza independiente, recordó la CREG
Análisis

Organismos reguladores deben tener una naturaleza independiente, recordó la CREG

CORRILLOS
Última actualización: 2023/02/01 at 3:40 PM
CORRILLOS hace 2 años
Compartir
COMPARTIR

Comité de Expertos de la CREG cumple las funciones que le asigna la Ley, dijo la CREG, en reacción a las declaraciones del presidente de la República cuando dice que “asumo el control de las políticas de administración de los servicios públicos”.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG- emitió un comunicado en donde informa que el Comité de Expertos de la CREG es respetuoso de la Constitución, las leyes y la institucionalidad del país, por lo tanto, siempre ha acatado el orden institucional del que hace parte dentro del sector energético y ejerce las funciones que le han sido asignadas.

Es pertinente -señalaron en el comunicado- recordar que el Gobierno nacional participa en la Comisión, toda vez que esta se encuentra presidida por el Ministerio de Minas y Energía, y tienen asiento el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

El presidente de la República, Gustavo Petro, el 26 de enero manifestó que “este presidente ha decidido no delegar sus funciones en las comisiones de regulación de servicios públicos, al menos, por un tiempo. Entonces, voy a asumir el control, las políticas generales de administración de Colombia, directa y personalmente, en función de lo que la misma Ley dice: primero, el interés general y el del usuario”.

https://corrillos.com.co/2023/01/asumo-el-control-de-las-politicas-de-administracion-de-los-servicios-publicos-dijo-petro/

Frente a las declaraciones del presidente de la República, Gustavo Petro, la CREG se pronunció.

En su comunicado la CREG expresó que: El Congreso de la República en desarrollo de los artículos 333, 334 y 365 a 370 de la Constitución Política expidió las leyes 142 y 143 de 1994, mediante las cuales se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y en particular en el servicio de electricidad.

Además, que la Ley 142 de 1994, en su artículo 69, creó las Comisiones de Regulación como unidades administrativas especiales, con independencia administrativa, técnica y patrimonial, y adscritas al respectivo ministerio. Por su parte, la ley 143 de 1994, complementó la ley 142 del mismo año y estableció el régimen para la generación, interconexión, transmisión, distribución y comercialización de electricidad en el territorio nacional; los fines específicos de la intervención del Estado en este sector y las responsabilidades de las distintas autoridades del mismo. Esta Ley en el artículo 21 organiza la Comisión de Regulación de Energía y Gas como Unidad Administrativa Especial del Ministerio de Minas y Energía y en el artículo 23 le señaló sus funciones en este ámbito, sin la existencia de una delegación del presidente de la República.

Por ello la CREG expresa que el Comité resalta que las leyes 142 y 143 de 1994 son complementarias, y la Ley 143 asignó directamente a la Comisión de Regulación de Energía y Gas la función de regular el servicio de electricidad. En consecuencia, la CREG, en relación con este servicio, debe cumplir las funciones que le asigna la Ley 143 de 1994, en su artículo 23.  Estas funciones incluyen, además de definir la metodología para el cálculo de las tarifas de energía y su aprobación, la de crear las condiciones para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente, capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos, ambientales y de viabilidad financiera, promover y preservar la competencia; igualmente, establecer el reglamento de operación para realizar la planeación y coordinación de la operación del sistema interconectado nacional, entre otros.

  • «Independencia del regulador asegura que el Estado logre que los agentes regulados adapten su conducta a los fines constitucionales y legales de respeto por la libertad económica y de empresa», CREG.
  • «Organismos reguladores deben tener una naturaleza independiente para asegurar que sus decisiones sean objetivas, imparciales, consistentes y técnicas», sostiene la Comisión.

Es por esto, que -escribió la CREG en su comunicado- los organismos reguladores deben tener una naturaleza independiente para asegurar que sus decisiones sean objetivas, imparciales, consistentes y técnicas. Esto permite que los agentes regulados, así como el público en general, perciban objetividad, neutralidad y transparencia por parte del Estado.

La independencia del regulador -dijeron-, asegura que, a través del ejercicio de sus funciones, el Estado logre que los agentes regulados adapten su conducta a los fines constitucionales y legales de respeto por la libertad económica y de empresa, al tiempo que establece las reglas pertinentes para limitar su actividad, en pro del interés social.

Los principios constitucionales y las funciones legales relacionadas con la regulación de los servicios públicos se ejercen a través de la articulación e independencia institucional entre rectores de la política pública, reguladores y entes de vigilancia y control que coexisten en la rama ejecutiva, finaliza el comunicado de la CREG.

You Might Also Like

Escalada Irán- Israel: ¿se posicionará Vladimir Putin como mediador?

Así llega la reforma laboral en su capítulo final en el Congreso

La semana de la muerte

Sector turístico, listo para la temporada de mitad de año

La oposición en posición

ETIQUETADO: Comisión de Regulación, Comité de Expertos, CREG, Energía y Gas, Gustavo Petro, Presidente de la República, tarifas de energía
CORRILLOS febrero 1, 2023 febrero 1, 2023
Compartir Este Artículo
Facebook Twitter Whatsapp Whatsapp Email Print
Artículo Anterior Petro responde a advertencias de Hugo Ospina por apps de transporte
Próximo Artículo Jueves y viernes de clases virtuales en los colegios oficiales de Bucaramanga
Deja un comentario

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Corrillos edición 41

Síguenos

en nuestras redes socilaes
Facebook Like
Twitter Follow
Instagram Follow
Youtube Subscribe
Tiktok Follow

Noticias populares

Política

Gobernador designó alcalde encargado para el municipio de Oiba

CORRILLOS Por CORRILLOS hace 4 horas
Postulados 15 alcaldes de Municipios Intermedios a ‘Gestión Eficiente 2025’
Entregados 707 metros de vía terciaria en Santa Rosa, Sur de Bolívar
El sueño de sede urbana de Unipaz se empieza a concretar este viernes 20
En Cimitarra capturado ofensor sexual para cumplir condena de prisión

Las principales noticias de Colombia y el Mundo.

  • Política
  • Economía
  • Nacional
  • Internacional
  • Regional
  • Moda y Estilo
  • Corrillos TV
  • Judicial
  • Capitales
  • Entretenimiento
  • Informe
  • Análisis
  • Tendencias
  • Opinión
  • Tecnología

Siganos en nuestras redes sociales

COPYRIGHT © 2023 CORRILLOS SAS NIT. 901671461-9. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin autorización escrita de su titular.

WhatsApp us

¡Bienvenido de nuevo!

Iniciar sesión en su cuenta

Perdido tu contraseña?