Por: Juvenal Bolívar/ La Ley 2494 de 2025, recientemente aprobada por el Congreso colombiano, pretende regular la elaboración, publicación y divulgación de encuestas electorales. Su objetivo declarado es garantizar que la información sobre intención de voto y preferencias políticas se presente de forma clara, confiable y objetiva. Sin embargo, detrás de esta aparente búsqueda de transparencia se esconde un riesgo latente: la censura encubierta de la opinión ciudadana.
Pero más allá de los errores estadísticos, lo que está en juego es el derecho fundamental de los ciudadanos a informarse, debatir y participar activamente en la vida democrática. Esta ley, lejos de fortalecer la democracia, podría convertirse en un instrumento de silenciamiento.
Uno de los puntos más polémicos de la ley es la prohibición de publicar encuestas de intención de voto durante los tres meses previos al inicio del período de inscripción de candidaturas. En la práctica, esto significa que, durante un tramo crucial del calendario electoral, los ciudadanos no podrán acceder a información sobre cómo se están configurando las preferencias políticas. ¿Cómo puede una sociedad deliberar libremente si se le niega el acceso a datos que reflejan el pulso ciudadano?
La ley también exige que las encuestas tengan un margen de error inferior al 3%, una cobertura geográfica que incluya municipios con más de 800.000 habitantes y la obligación de remitir al Consejo Nacional Electoral (CNE) las bases de datos utilizadas. Estas exigencias, aunque presentadas como garantías de rigor técnico, imponen barreras que muchas firmas encuestadoras no podrán superar. En lugar de mejorar la calidad de la información, podrían reducir drásticamente la cantidad de encuestas disponibles, limitando el pluralismo informativo.
Otro aspecto preocupante es el fortalecimiento de las facultades del CNE sin que estas hayan sido tramitadas como una ley estatutaria, como exige la Constitución. La Corte Constitucional ya admitió una demanda que cuestiona la legalidad de este procedimiento. Si el órgano encargado de vigilar las elecciones adquiere poderes para auditar, sancionar y controlar la producción de encuestas sin un marco legal robusto, se abre la puerta a la arbitrariedad.
La ley también crea nuevos órganos técnicos y auditorías, generando gastos permanentes para el Estado sin un análisis de impacto fiscal. Esta improvisación legislativa no solo pone en duda la sostenibilidad de la norma, sino que revela una falta de diálogo con los actores involucrados: universidades, firmas encuestadoras y ciudadanía. ¿Cómo puede una ley que regula la opinión pública nacer sin consultar a quienes la producen y la consumen?
Las encuestas electorales no son simples ejercicios estadísticos. Son herramientas que permiten a los ciudadanos conocer tendencias, identificar actores emergentes, cuestionar narrativas dominantes y tomar decisiones informadas. En contextos de alta polarización, como el que vive Colombia, restringir el acceso a esta información equivale a limitar el derecho a la participación política.
La ley, al imponer restricciones temporales y técnicas, corre el riesgo de convertir la opinión en un privilegio de quienes tienen los recursos para cumplir con sus exigencias. Las encuestas independientes, universitarias o comunitarias podrían desaparecer del panorama, dejando el monopolio informativo en manos de unos pocos. Esto no solo empobrece el debate público, sino que vulnera el principio de igualdad de condiciones en la contienda electoral.
En un país donde la confianza en las instituciones está en crisis, y donde los procesos electorales son cada vez más disputados, cualquier intento de regular la opinión debe hacerse con extremo cuidado. La historia latinoamericana está llena de ejemplos donde la censura comenzó con leyes técnicas, aprobadas en nombre de la transparencia, pero que terminaron silenciando voces incómodas.
La Ley 2494 podría convertirse en una “ley mordaza” si no se revisa su alcance, sus procedimientos y sus implicaciones democráticas. La selección de municipios para las encuestas presenta inconvenientes estadísticos que podrían distorsionar los resultados. Pero más grave aún es que esta distorsión se convierta en una herramienta para manipular la percepción pública.
No se trata de rechazar toda regulación. Es evidente que las encuestas deben cumplir estándares mínimos de calidad, transparencia y responsabilidad. Pero esta regulación debe construirse de manera participativa, con criterios técnicos claros y con respeto absoluto por los derechos fundamentales. La libertad de expresión, el acceso a la información y la participación política no pueden ser sacrificados en nombre de la precisión estadística.
La Corte Constitucional tiene ahora la responsabilidad de revisar esta ley con lupa. Las universidades, los medios de comunicación, las organizaciones sociales y los ciudadanos debemos exigir que se garantice el pluralismo informativo y que se proteja el derecho a opinar, incluso cuando esa opinión incomode al poder.
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*Comunicador Social, Candidato MBA con concentración en Marketing Digital, Diplomado en Marketing Político y docente universitario.
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