Por: María Isabel Ballesteros/ Todos los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) son importantes y poco a poco se han venido articulando para mejorar el flujo de recursos, la comunicación y los sistemas de información entre los entes territoriales y del nivel central, sin embargo, en el saneamiento de las problemáticas del sector la Superintendencia Nacional de Salud ha sido fundamental, no solo por las acciones de inspección, vigilancia y control que le confirió la Ley 1122 de 2007, amplificadas por la Ley 1438 de 2011, sino por otras funciones asignadas dentro del Plan Nacional de Desarrollo del gobierno actual.
Una de estas ha sido su competencia para aprobar o no la compra de acciones de EPS, por parte de particulares, lo cual ha permitido tener mayor control sobre quienes entran a administrar los recursos públicos de la salud, que son avalados según su experiencia y carácter. También, al cambiar la tasa de contribución que pagan los vigilados a la Supersalud, se ha llegado a más vigilados lo que ha generado un mayor fortalecimiento de los entes, así como también con la implementación de los Planes de Gestión de Riesgo se ha ayudado a reparar las finanzas de los hospitales públicos, al obligarlos a ser más eficientes y competitivos.
Un mecanismo adicional que ha resultado muy útil, por parte de la Superintendencia, es la implementación de las Mesas de Flujo de Recursos y las Mesas de Seguimiento a la Contratación, que han permitido a hospitales y clínicas recuperar cartera, la cual asciende a más de 2 billones de pesos en lo corrido de la actual administración, según comunicó la entidad en abril de 2021.
Estas acciones y el acompañamiento permanente de la Superintendencia han sido esenciales para que EAPB, IPS y ESE se superen, antes de pensar en intervenirlas o liquidarlas. Así fue como 14 hospitales regionales que en el 2020 se encontraban en total deterioro financiero y administrativo, al ingresar bajo planes de acción recuperaron sus indicadores, lograron estabilizar su operación y mejoraron su servicio.
El año pasado también se impusieron más de 520 sanciones, las cuales representaron $53.000 millones, siendo el 40% por prestación de servicios, el 32% por flujo de recursos y el 28% por fallas relacionadas con el reporte de información, según informó la Supersalud. De igual forma, en estos 3 últimos años hemos visto cómo se ha venido depurando el sistema a través de 15 medidas de liquidación total o parcial, que han terminado en el retiro definitivo de 11 EPS, de las 44 que existían en el país al 2019, y que ha conllevado al traslado de 6.4 millones de usuarios, algo que nunca se había dado en la historia de la salud en Colombia.
Por ello, es importante que entendamos que cuando se interviene una entidad es porque no cumple los indicadores administrativos y de solvencia económica, porque pone en riesgo la cadena de prestadores y proveedores de servicios y obviamente no garantiza la atención de los usuarios, por ende, esta depuración permite que queden funcionando entidades eficientes que comprendan la obligatoriedad que tienen como servicio de salud, en calidad y oportunidad, frente a este derecho fundamental.
Aun así, muchos alegan que estos cambios terminan favoreciendo la consolidación de monopolios, olvidando que esa misma situación existía desde antes de la Ley 100, mediante la cual aparecieron las EPS. Por eso insisto, señores(ras), el problema no es esta ley, sino quienes la ven como un medio para enriquecerse, sin importarle defraudar al Estado, a los demás actores del sistema y hacer daño a las personas, situación que lamentablemente también se repite en la prestación de servicios para atender otros derechos sociales, económicos o culturales.
Las acciones anticorrupción implementadas por el superintendente nacional de salud, Fabio Aristizábal Ángel, nos están dejando ver “una luz al final del túnel”, aunque se debe seguir trabajando en temas de calidad y sostenibilidad económica, lo cual implica incrementar los ingresos y tomar medidas para la fiscalización de los tributos que se destinan a la salud, como sugirió Fedesarrollo en el 2018.
Existe evidencia de evasión, omisión e inexactitud en las cotizaciones porque hay beneficiarios afiliados al régimen subsidiado, teniendo capacidad de pago, otros que aportan un Ingreso Base de Cotización menor al real, como sucede con muchos “trabajadores por cuenta propia”, por ejemplo los comerciantes, que son perceptores de rentas no laborales y aparecen como dependientes en el Régimen Contributivo, lo que les permite descontar los costos en los que incurren en sus actividades del total a pagar en aportes al Sistema de Seguridad Social, lo cual va en contra de los esfuerzos que viene haciendo la Unidad de Gestión Pensional y de Parafiscales.
Para mejorar la eficiencia del gasto hay que multiplicar las Redes Integradas de Servicios de Salud, que permiten el pago de acuerdo con los resultados y basados en la alta calidad de atención de los pacientes, e igualmente, si se fortalece el Modelo de Atención Primaria en Salud, con enfoque preventivo, no solo se reducirá el uso de los servicios de emergencia, que resultan costosos, sino las hospitalizaciones y enfermedades crónicas, con las complicaciones que conllevan.
Las crecientes acciones de tutela en salud condujeron a establecer un nuevo arreglo institucional que indica qué se incluye dentro del Plan de Beneficios, con cargo a la Unidad de Pago por Capitación, lo que se excluye totalmente y no se cubre con recursos públicos y aquellas prestaciones, explícitamente excluidas o incluidas dentro del plan de beneficios, que pasan por la decisión autónoma de los médicos, y que van a cargo de los recursos de la ADRES y /o entidades territoriales.
Estas condiciones deben generar un dialogo entre las cortes, los que deciden en los procesos de inclusión y exclusión de prestaciones y quienes velan por la idoneidad de las políticas, así como es importante la incorporación clara de los criterios de costo-beneficio e impacto presupuestal en la toma de decisiones, sin ir en contra del derecho a la salud, y lo cual no se tuvo en cuenta en la Ley Estatutaria 1715 de 2015.
Otro aspecto importante es centralizar las compras en medicamentos que hace el sistema público y buscar la regulación de los precios con base en referenciación internacional, pues los insumos representan el 17% y el 25% del presupuesto en salud así como urge, según Fedesarrollo, “reformar la manera como se paga a los prestadores de servicios que hoy tienen un incentivo al ordenar un mayor volumen de los mismos porque su ingreso depende del valor facturado”, lo que no promueve el control de costos ni el uso racional de los recursos.
Finalmente, hay que seguir insistiendo en el avance del Modelo de Atención Integral en Salud, por el ahorro que genera su enfoque preventivo de enfermedades, e igualmente enfatizar en la responsabilidad de las secretarías de salud departamentales y municipales que, acorde con sus capacidades, deben subsanar sus debilidades a nivel de infraestructura o capital humano y tomar las banderas de la salud preventiva, como les corresponde, para que su papel influenciador redunde significativamente en beneficio nuestro y del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
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*Asesora en Sistemas Integrados de Calidad
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