La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) presentó un balance sobre el ofrecimiento de garantías en investigaciones por infracciones al régimen de libre competencia económica, destacando el rechazo de propuestas presentadas por Mastercard, la Unidad Nacional de Protección (UNP) y Corabastos durante el primer semestre de 2025.
Según el informe, en nueve casos recientes la SIC resolvió solicitudes de terminación anticipada de investigaciones, relacionadas con posibles prácticas restrictivas de la competencia, incumplimientos de instrucciones y actos de competencia desleal administrativa. La figura del ofrecimiento de garantías, de acuerdo con la nota de prensa expedida por la entidad, permite a los investigados proponer compromisos para suspender o modificar las conductas bajo investigación, pero solo si resultan suficientes para eliminar los riesgos identificados.
En la mayoría de los casos, la SIC evidenció que “los ofrecimientos no contenían compromisos que permitieran entender que las conductas investigadas serían suspendidas o modificadas, ni generaban incentivos adecuados para evitar su repetición en el mercado”.
Además, muchos ofrecimientos se limitaban a cumplir la ley, sin ser estructurales ni ajustarse a la política de promoción y protección de la competencia, lo que podría generar la pérdida de la facultad sancionatoria de la entidad. Entre las decisiones destacadas, la SIC rechazó las garantías de Mastercard mediante la Resolución 30851 del 22 de mayo de 2025, señalando que la propuesta no era procedente al no modificar la conducta investigada ni cumplir con los requisitos estructurales necesarios.
De igual forma, mediante la Resolución 31124 del 23 de mayo de 2025, se rechazaron garantías de proponentes en los procesos de contratación de la UNP, al no cumplir con los requisitos para determinar su suficiencia, como la disposición de vehículos blindados o la salida del mercado de algunas sociedades investigadas.
En el caso de Corabastos, la Resolución 30840 del 22 de mayo de 2025 desestimó las garantías ofrecidas, considerando que no eliminaban los incentivos para la conducta investigada ni eran comparables al efecto disuasivo de una sanción. La Central Mayorista, por su papel en la distribución nacional de productos agropecuarios, debe garantizar la satisfacción de necesidades básicas de la población, lo que refuerza la exigencia de medidas estructurales y efectivas.
Finalmente, la SIC reiteró que estas decisiones no constituyen un pronunciamiento de fondo sobre la responsabilidad de los investigados, y que la Delegatura para la Protección de la Competencia continuará con la instrucción de los casos para determinar si se configuraron infracciones al régimen de libre competencia económica.
APN Noticias