El Tribunal Administrativo de Santander dejó sin efectos las recientes decisiones que se habían adoptado en materia de movilidad en los cuatro municipios del área metropolitana de Bucaramanga.
Un fallo de tutela resolvió amparar el derecho al debido proceso de John Albeiro Salcedo González, el accionante de este recurso judicial.
También se resolvió dejar sin efecto el numeral 3.2.2 de un auto proferido el 2 de diciembre de 2024 por parte del Juzgado 15 administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga.
Se conmina al juez en mención para que en un mes dicte una nueva decisión sobre cómo se aplicarán las medidas restrictivas del parrillero o acompañante en el marco del Plan de Acción del 6 de abril de 2017.
Dice el fallo que para tal efecto el juzgado accionado requerirá a los municipios de Bucaramanga, Floridablanca, Girón y Piedecuesta para que coordinen con las oficinas de Tránsito y se realice un estudio dentro del plazo que se señale.
El fallo fue firmado por los magistrados Iván Fernando Prada Macías, Julio Edisson Ramos Salazar y Claudia Ximena Ardila Pérez.
El accionante pedía que se preservaran los derechos fundamentales de propiedad privada, uso y goce; intimidad; libertad; libre circulación y debido proceso e igualdad.