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Lectura: El sistema inquisitivo y el Gobernador Gaviria
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CorrillosR > Blog > Opinión > El sistema inquisitivo y el Gobernador Gaviria
Opinión

El sistema inquisitivo y el Gobernador Gaviria

CORRILLOS
Última actualización: 2020/06/13 at 1:47 AM
CORRILLOS hace 5 años
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Por: Víctor Andrés Salcedo Fuentes/ El proceso penal contra el Gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria, deja muchos interrogantes, frente a lo que está sucediendo con la aplicación del derecho penal por parte de la Fiscalía General de la Nación. Los errores judiciales que casi a diario registran los medios de comunicación, no son culpa de la misma entidad, donde trabajan profesionales de las más altas calidades tanto personales como profesionales. Las causas son varias. Empecemos por la coexistencia hoy día de cuatro modelos de enjuiciamiento penal vigentes en Colombia, la Ley 906 de 2004 o el sistema acusatorio, la ley 600 de 2000 o sistema inquisitivo, la ley 975 de 2005 de Justicia y Paz y la que le están aplicando al Gobernador la temible Ley 600 de 2000, esa disparidad genera inseguridad jurídica y desequilibrio de las garantías.

Como puede explicársele a la sociedad, que un proceso por hechos de presunta corrupción contractual, ocurridos hace 15 años, vengan a arrojar resultados en una etapa preliminar como la definición de situación jurídica, que es tan solo el segundo paso procesal luego de la indagatoria y que sin agotarse la etapa probatoria, se disponga una medida de aseguramiento privativa de la libertad, como es la detención domiciliaria, para muchos una bendición, pero que hoy, por el  la pandemia, los colombianos sin quererlo, la han venido experimentando en carne propia, claro, de una manera atenuada y sin tener porque soportarla. Se han podido dar cuenta ustedes que tampoco es una maravilla, también tiene sus efectos negativos en la salud mental, en el trabajo, en las finanzas etc.

El linchamiento social y mediático de quienes son investigados penalmente es constante y evidente en medios de comunicación y redes sociales, esto debido a los altos índices de impunidad y de delincuencia, la sociedad quiere ver en la cárcel a los culpables, ¡con razón! pero no se puede desconocer la presunción de inocencia, es un derecho que no es negociable en una democracia, por ello la necesidad de que las medidas de aseguramiento preventivas, mientras se conoce una decisión final de responsabilidad, definitivamente deben ser la excepción.

¿Como se justifica que el Gobernador de Antioquia pueda afectar la investigación, si los documentos contractuales ya están en poder de la Fiscalía?; ahora, pensar en que puede reiterar la conducta, es dar por hecho anticipadamente que el delito por el que se le investiga ya está demostrado, cosa que no es cierta, si fuere así, el solo tener una investigación penal significaría inhabilidad para ejercer un cargo público, ¡absurdo! Ahora si la investigación está por prescribir, eso no es culpa del procesado y una medida de aseguramiento no soluciona el problema. Se habla de un testigo clave, pero que no dice nada en términos de posible corrupción.

Las decisiones judiciales no pueden apegarse solo a la ley, además de ello, deben ser fundadas en las normas supra constitucionales de las que mucho se predica, pero poco se aplica y también por qué no, en la realidad del momento, que lógicamente hoy es diferente a la de hace 15 años. Todo entre otras razones, para que no se despierten suspicacias en las motivaciones por las cuales se producen.

En eso la Fiscalía debe ser muy cuidadosa, sobre todo cuando es fácil prever que la privación de la libertad de un reconocido líder regional como lo es Aníbal Gaviria, se sabía, iba generar necesariamente sesgos de opinión, no se trata de que la justicia tenga contento a todo el mundo, esa no es su función, ni su deber, sino que sus decisiones sean tan debidamente estructuradas y razonables, que minimicen su cuestionamiento no solo legal sino social, eso genera credibilidad en las instituciones.

La ley 600 de 2000 sistema por el que se investiga a Aníbal Gaviria, debe desaparecer, ya lo había anunciado el anterior Fiscal General, ese modelo de procesamiento penal, no es garantista y deja en la mayoría de etapas, a discreción de la misma Fiscalía el control de sus propios actos, que casi siempre afectan derechos fundamentales. Yo, debo decirlo, he dado con Fiscales respetuosos de las garantías procesales, pero lastimosamente no es la regla general. Los controles por jueces independientes a los actos de los señores Fiscales, son necesarios, no solo por los derechos de los procesados, sino de los mismos funcionarios instructores, que tienen otra instancia para que verifique la legalidad de sus actos, que son creados por humanos y por tanto con probabilidad de ser errados, eso minimiza los errores judiciales, que se traducen en las condenas al estado, hoy dicen, por mas de dos billones de pesos, por sentencias ejecutoriadas, sin contar con las pretensiones económicas sin resolver.

En el sistema acusatorio, si no fuera por los jueces de control de garantías, tendríamos al menos diez veces la sobre población carcelaria existente, así que, por el afán de saciar los anhelos de justicia, en miles de causas afectadas, por las debilidades de la justicia, no podemos llevar a un inocente a la cárcel, a pagar por delitos que no han cometido, eso debo decirlo, es más terrible que un culpable en la calle.

*Abogado Penalista. Magister en Derecho Penal Internacional

Facebook:  Victor Salcedo Abogado Penalista

Correo: victorsalcedof@hotmail.com

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ETIQUETADO: Anibal Gaviria, Antioquia
CORRILLOS junio 13, 2020 junio 13, 2020
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