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Lectura: La polémica que involucra a la JEP al otorgar permiso al exguerrillero Fernando Arellán
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CorrillosR > Blog > Análisis > La polémica que involucra a la JEP al otorgar permiso al exguerrillero Fernando Arellán
Análisis

La polémica que involucra a la JEP al otorgar permiso al exguerrillero Fernando Arellán

CORRILLOS
Última actualización: 2018/06/03 at 12:00 AM
CORRILLOS hace 7 años
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La Justicia Especial para Paz (JEP), aseguró que el exsecretario ejecutivo Néstor Raúl Correa, no tenía competencia para otorgar el permiso para salir del país al exguerrillero de las Farc, Fernando Arellán.

Por medio de un comunicado de prensa la JEP aclaró que la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tuvo competencia para otorgar permisos de salidas del país a exintegrantes de las Farc acreditados por el Alto Comisionado para la Paz hasta el 15 de enero de 2018, fecha de inicio de las funciones judiciales de la jurisdicción.

La polémica en el Tribunal de Justicia Transicional inició tras conocerse que el exsecretario ejecutivo del organismo, Néstor Raúl Correa, en el ejercicio de sus funciones autorizó salidas del país a 12 exmiembros de las Farc, en los últimos meses y entre los que se encuentra Arellán.

Ya, a través de su cuenta en Twitter, la JEP había informado que la salida del exmiembro de las Farc, involucrado en el atentado del Nogal, fue autorizada en su momento por el ahora exsecretario ejecutivo de ese organismo. La JEP sostiene que esa situación «no pasó por los magistrados».

||📄||: Comunicado sobre los permisos de salida del país a ex integrantes de las Farc. pic.twitter.com/I7TIM8pbZ1

— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) June 3, 2018

La polémica en el tribunal de justicia transicional empezó después de que conoció que Correa, en el ejercicio de sus funciones, autorizó salidas del país a 12 exmiembros de las Farc, como en su momento lo confirmó este medio, en los últimos meses. Entre ellos está Arellán.  Según el documento de autorización de salida que se otorgó a Arellán el pasado 8 de marzo, el exguerrillero pidió permiso para ir de “descanso y turismo” a Isla Margarita. El viaje se realizó desde el día 23 de marzo hasta el 29 de marzo de 2018.

Otros permisos otorgados por Correa:

-Pastor Alape: Viajó a Quito – Ecuador entre el 2 y 5 de abril de 2018, con el argumento de hacer “gestiones de paz”.

– Hugo Ancizar Pérez: Viajó a Machala, el Oro, Ecuador entre el 5 de marzo y el 30  de ese mismo mes del 2018, con el argumento de “visita familiar”.

– Andrés Mauricio Zuluaga: Viajó a España del 4 al 14 de mayo con el argumento de “Actividad Cultural”.
– Gustavo Joanis Bedoya: Viajó a Chile entre 26 de marzo y debe regresar el 30 de mayo de 2018.

– Ismael Alberto Zuñiga: Viajó a Quito, Ecuador entre el 2 de abril y el 5 del mismo mes de 2018.

Comunicado oficial de la JEP

“Según el documento de autorización de salida que se otorgó a Arellán el pasado 8 de marzo, el exguerrillero pidió permiso para ir de “descanso y turismo” a Isla Margarita. El viaje se realizó desde el día 23 de marzo hasta el 29 de marzo de 2018.

La Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tuvo competencia para otorgar permisos de salidas del país a ex integrantes de las Farc acreditados por el Alto Comisionado para la Paz hasta el 15 de enero de 2018, fecha de inicio de las funciones judiciales de la jurisdicción, ello con fundamento en Ley 1820 de 2016 y el Acto Legislativo No. 1 de 2017.

Desde el 15 de enero de 2018, con base en el artículo 5 del Decreto 2125 del 18 de diciembre de 2017, la Sala de Amnistía o Indulto asumió́ esa competencia. Dicho artículo establece: “Los integrantes de las FARC-EP que se encuentren acreditados por el Alto Comisionado para la Paz y que tengan medidas restrictivas para la salida del país, podrán salir del país previa autorización de la Jurisdicción Especial para la Paz”.

En abril de 2018 la jurisdicción conoció́ de autorizaciones de salida del país expedidas por la Secretaría Ejecutiva después del 15 de enero de 2018, razón por la cual la Presidencia de la JEP expidió la Resolución No. 011, del 20 de abril, a través de la cual ratifica que esa función es exclusiva de la Sala de Amnistía o Indulto”.

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