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Lectura: ¿Es la inmigración un derecho o un privilegio?
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CorrillosR > Blog > Opinión > ¿Es la inmigración un derecho o un privilegio?
Opinión

¿Es la inmigración un derecho o un privilegio?

CORRILLOS
Última actualización: 2018/07/20 at 12:00 AM
CORRILLOS hace 7 años
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Por: Adriana María Barba/ El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en su informe al cierre del 2017 reporta 25,4 millones de personas con estatus de refugiados, es decir, personas beneficiarias de protección internacional, pero la cifra total de las personas que dejaron sus hogares de manera forzosa suman un total 68,5 millones y para el 2018 sabemos que un 3,3% de la población mundial, es decir 250 millones de personas son consideradas migrantes.

Nos vemos obligados a preguntarnos entonces:

¿Cuál es la diferencia entre un migrante y un refugiado?  ¿Qué hace que una persona obtenga protección internacional y otra no?

Empecemos por definir a un migrante, la Organización Internacional para la Migración (IOM) define a un migrante como a una persona que se está desplazando o se ha mudado cruzando una frontera internacional o dentro de un Estado desde su lugar de residencia habitual independientemente de (1) su estatus legal; (2) si el desplazamiento es voluntario o involuntario; (3) las causas de la decisión de mudarse; o (4) el tiempo que lleva fuera de su lugar de residencia.   Entonces, dentro de esta definición se encuentran migrantes documentados e indocumentados y los que tienen o no tienen un estatus migratorio otorgado por el país o territorio que los recibe.

Dentro de los migrantes, los primeros que deben llamar nuestra atención en cuestión de protección internacional son entonces aquellos que tuvieron que dejar sus hogares de manera forzosa, es decir los que ya sea por causas políticas, culturales, socio-económicas, familiares o por conflictos bélicos se vieron obligados a dejar sus hogares en busca de seguridad y recursos. Cómo se ha mencionado anteriormente el último censo de esta población registra que se trata de casi 70 millones de personas.

¿Por qué sólo 25,4 millones de personas se consideran refugiados cuando se registran casi el triple de personas dejando su hogar forzosamente?

Para poder resolver este interrogante es importante definir que es un refugiado. Los refugiados son una clase especial de migrantes que, en virtud del derecho internacional, merecen una protección específica por parte de su estado anfitrión. Según el artículo 1 de la Convención de las Naciones Unidas de 1951, modificada por el Protocolo de 1967, un refugiado se define como una persona que «debido al temor fundado de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular» u opinión política, está fuera del país de su nacionalidad y no puede o, debido a ese temor, no está dispuesto a acogerse a la protección de ese país.

Esta definición implica que se aplican varias condiciones de calificación para ser considerado refugiado: (1) presencia fuera del país de origen; (2) temor fundado de persecución (estar en riesgo de daño es una razón insuficiente en ausencia de persecución discriminatoria); (3) incapacidad para disfrutar la protección del propio estado de la persecución temida. La definición de refugiados tenía por objeto excluir a los desplazados internos, los migrantes económicos, las víctimas de desastres naturales y las personas que huían de conflictos violentos, pero que no estaban sujetos a discriminación por persecución.

En conclusión, para considerarse un refugiado y ser sujeto a protección legal del país anfitrión es necesario cumplir con la serie de requisitos que la definición legal del término implica. Lo que la mayoría de las veces, después de mirar los números, deja a la gran mayoría de migrantes por razones forzosas fuera de la protección de la legalidad.

Actualmente, la mayoría de las personas refugiadas provienen de los siguientes países Siria, Afganistán, Albania, Nigeria, Pakistán, Somalia, Irak, Sudán, Gambia, Egipto, Marruecos, India, Nepal, Bután, Sri Lanka, Bangladés, Myanmar, Turquía, Uganda, Líbano, Colombia, Congo, Eritrea, Vietnam, Ruanda, Ucrania, China y Mali. Pero esta lista está lejos de reflejar las nacionalidades de todas las personas migrantes en el mundo.

Entonces, ¿cuál es la respuesta de la Comunidad Internacional ante la situación de los migrantes?

El 13 de Julio del 2018, la agencia de noticias de las Naciones Unidas reportaba que los Estados Miembros de este organismo han logrado el primer acuerdo global para aprovechar los beneficios de la migración y proteger a los inmigrantes indocumentados.  En este documento los gobiernos de todo el mundo, a excepción de Estados Unidos, se han comprometido a aumentar las vías de migración regular, a mejorar la protección de los migrantes y a garantizarles servicios básicos.

Aunque el acuerdo no es un documento jurídicamente vinculante y deja claro que cada Estado es soberano para determinar sus propias políticas en materia migratoria.  Es un arma política muy poderosa para mejorar las condiciones de las personas que actualmente se encuentran lejos de sus hogares en situación irregular y sin protección gubernamental.

Aunque es totalmente cierto que mientras el mundo se divida en países soberanos, la inmigración seguirá siendo un privilegio, no un derecho. Cada país tiene sus propios valores, intereses nacionales, economía y gobierno. Como entidades autónomas, los países tienen derecho a determinar sus propias leyes y políticas. Esto incluye cuántas personas pueden inmigrar y los requisitos de cada individuo para la inmigración.

Pero es responsabilidad de la comunidad internacional el no permitir que sea el discurso xenófobo y separatista el que domine la delicada cuestión de los migrantes, particularmente los que están en situación de vulnerabilidad.   La respuesta debe ser respetuosa, conjunta, duradera y que tenga como eje el respeto por los derechos humanos.  Hemos de celebrar como un paso en la dirección correcta la Conferencia Intergubernamental para la Adopción del Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular que se celebrará en Marrakech, Marruecos, los días 10 y 11 de diciembre de 2018 en la que se adoptará el documento final del Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular.

Twitter: @AdrianaMaBarba 

Facebook: Vázquez & Barba International Legal Consultants

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