En su pronunciamiento, la Corte Constitucional negó estudiar de fondo una petición de un grupo de congresistas para que se tumbara el fallo que ordenó regular la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).
El grupo de legisladores, entre los que se encuentran varios integrantes del partido Centro Democrático, señalaban que la Corte se habría extralimitado en sus funciones al emitir la orden, teniendo en cuenta que es el Congreso de la República el llamado a legislar en esta materia.
En ese fallo, el Alto Tribunal constitucional no le impuso un límite de semanas al aborto, sino por el contrario, ordenó que el Ministerio de Salud debía establecer este proceso.
La Corte señaló además que, si bien no es la encargada de legislar, sí está en su jurisdicción el hecho de revisar e intervenir en las situaciones en las que exista un déficit de protección de derechos. Dijo que en este tipo de casos se debe proteger el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria de su embarazo, siempre y cuando se cumplan las tres condiciones legales.
El fallo de la Corte mantuvo las reglas que existen desde hace 12 años para acceder al aborto, pero exhortó al Congreso a regular en la materia sobre el periodo en el tiempo para practicarlo.
El fallo dice en uno de sus apartes: “Ordenar al Ministerio de Salud y Protección Social que, en el término de seis meses, contados desde la notificación de esta providencia, emita una regulación única la cual garantice la interrupción voluntaria del embarazo en los casos despenalizados”.
Sobre el tema, el Ministerio de Salud ya dio a conocer un borrador de la regulación, pero le solicitó a la Corte ampliar el plazo y ésta le dio otros cuatro meses para expedir la regulación final.