La reactivación económica de Colombia logró un nuevo hito, con la expedición de la norma que permite crear mecanismos de la llamada regulación inteligente, que beneficiará a los modelos de negocio innovadores y en ambientes especiales de vigilancia.
El Decreto reglamentario 1732 de 2021, ya sancionado, establece los parámetros y las medidas para la aplicación del denominado ‘Sandbox’ regulatorio, que es “un tipo de mecanismo exploratorio que permite a las empresas probar productos, servicios y modelos de negocio innovadores, sin incurrir inmediatamente en todas las consecuencias regulatorias normales de participar en la actividad correspondiente”.
La norma reglamenta el artículo 5 de la Ley de Emprendimiento (2069 de 2020) y define el alcance de estos ambientes especiales de vigilancia y control, o Sandbox, que tienen como principal objetivo facilitar la creación y el crecimiento de modelos de negocio innovadores que generen un alto valor agregado al producto que desarrollan.
“La forma en que generan valor agregado, conforme a lo establecido en la ley, debe ser a través del desarrollo tecnológico, la mitigación de efectos medioambientales o el desarrollo de modelos de negocio sostenibles”, indica el decreto.
La regulación aplica a todas las “entidades del Gobierno nacional que tienen la competencia legal para expedir y adoptar regulaciones, a través de las cuales intervienen en la actividad económica de los particulares; así como para aquellas que tiene la función de inspección, vigilancia y control sobre empresas en industrias reguladas”.
Estas entidades podrán otorgar, temporalmente, un régimen dispensas, suspensiones, licencias, permisos, o cualquier otro mecanismo de flexibilización, para que los modelos de negocio innovadores puedan operar.
Dice el decreto que para que una entidad de Estado pueda crear un ambiente especial de vigilancia y control, deberá hacer público un proyecto de ‘Sandbox’ que contemple, como mínimo, el análisis de la industria regulada en la que se pretende implementar el ambiente especial de vigilancia o control; la definición del régimen de excepciones; el período de tiempo en el que operará el ambiente especial de vigilancia y control, que será hasta por 12 meses, prorrogables por otros 12.
Comité técnico e iniciativa privada
El decreto crea un Comité técnico dentro Sistema Nacional de Competitividad e Innovación, y cuyo propósito será promover la adopción, por parte de las entidades involucradas en la regulación, de mecanismos tipo ‘Sandbox’, y así contribuir a consolidar un ambiente propicio para el emprendimiento, la innovación y los negocios en general.
La conformación y presidencia de este Comité Técnico será definida por el Comité Ejecutivo del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación y su secretaría la ejercerá iNNpulsa Colombia.
Dentro de sus funciones tendrá la de proponer al Gobierno nacional, en conjunto con el Comité de Mejora Regulatoria, la adopción de nuevos mecanismos exploratorios de regulación; definir y evaluar los requisitos mínimos necesarios que deberán contener las propuestas de proyectos novedosos; recibir, clasificar y trasladar a las entidades responsables de la regulación las propuestas de creación de mecanismos tipo ‘Sandbox’, con el fin de dar aplicación a lo dispuesto en la ley.
Además, hacer seguimiento a la creación, operación y finalización de los mecanismos exploratorios de regulación, así como a cualquier otro mecanismo que se desarrolle con posterioridad; y asesorará a las entidades regulatorias en la adopción de estos mecanismos.
De otro lado, el decreto contempló que el sector privado también podrá proponer la creación de ambientes especiales de vigilancia y control. “Un particular que tenga interés en la creación de un ambiente especial de vigilancia o control podrá proponérselo al Comité Técnico (…) La propuesta podrá incluir el Proyecto de ‘Sandbox’”, y deberá cumplir con los requisitos exigidos.
La entidad encargada estudiará la petición y decidirá sobre la creación del ambiente.
También, se ordena la consulta pública para participar del ambiente especial de vigilancia y control o ‘Sandbox’ regulatorio. Una vez cumplido con el período de esta consulta, la entidad abrirá una convocatoria para que todos los interesados presenten los documentos necesarios para acreditar los requisitos establecidos en el proyecto.
El decreto determina además que un ambiente especial de vigilancia y control podrá terminar cuando se cumpla el plazo de operación, el desmonte voluntario del participante, fuerza mayor o caso fortuito debidamente soportado o revocatoria del certificado de operación temporal. “Los Proyectos de Sandbox que elabore cada entidad con facultad de regulación deben contemplar estas alternativas y definir los procedimientos para aplicarlas”, concreta la norma.