Por parentesco en segundo grado de consanguinidad, con quien ejercía autoridad administrativa en jurisdicción de Santander, provendría la inhabilidad del diputado Arley Octavio Valero Sáenz.
Así se conoció la decisión del Tribunal Administrativo de Santander, entidad que tras aceptar la demanda de Ángel de Jesús Estevez Salazar, estudió los pormenores de la demanda admitida.
Sin mayores preámbulos y en sentencia anticipada se confirmó la anulación de la credencial del diputado Valero Sáenz por una presunta inhabilidad.
La decisión del Máximo Tribunal de lo Contencioso Administrativo en Santander refiere a que le cancela la credencial que lo acreditaba en su condición de diputado a Valero Sáenz.
La sentencia anticipada se da porque al momento de la decisión no requieren ya pruebas por practicar, es decir se acata el artículo 278.2 del Código General del Proceso, CGP, que señala la oportunidad de que el juez puede dictar sentencia anticipada en esos casos.
La decisión de sentencia anticipada también la confirma la Corte Suprema de Justicia al momento de señalar en su jurisprudencia que al litigio no ofrecer un debate probatorio o el debate será vano o inútil para la decisión se opta por la sentencia anticipada.
Por ello la decisión del Tribunal Administrativo de Santander al confirmar la inhabilidad del Diputado, basado en el conocimiento que tuvo del existente parentesco en segundo grado de consanguinidad con quien ejercía autoridad administrativa.
La confirmación del Tribunal Administrativo de Santander apunta a que el diputado Arley Octavio Valero Sáenz es hermano de Ludwing Joel Valero Sáenz, parientes en segundo grado de consanguinidad.
Ratifica ese parentesco el registro civil de nacimiento en donde se específica que tanto uno como el otro son hijos de Timón Valero y Blanca María Sáenz Carreño.
Arley Octavio Valero Sáenz, fue elegido para el periodo 2024 – 2027 al lograr 13.652 votos y estar inscrito para la jornada electoral por el partido Conservador y el movimiento Mira.