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CorrillosR > Blog > Opinión > Impactos del pozo Lisama 158 y la negligencia de Ecopetrol
Opinión

Impactos del pozo Lisama 158 y la negligencia de Ecopetrol

CORRILLOS
Última actualización: 2020/07/05 at 1:14 AM
CORRILLOS hace 5 años
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Por: Leonardo Granados/ En 100 años de la industria petrolera en Colombia, el afloramiento del pozo Lisama 158 causado por Ecopetrol, el 2 de marzo de 2018, será una fecha inolvidable para la comunidad de Barrancabermeja y Colombia.

Este día se dio inicio al debacle ecológico más grande de la historia nacional por una compañía petrolera, una serie de eventos que generaron impactos ambientales, sociales y económicos en el área protegida del Distrito Regional de Manejo Integrado DRMI Yariguies, declarado mediante Acuerdo Nº180 del 16 de junio de 2011 por la Corporación Autónoma de Santander (CAS) como área protegida, con el derramamiento de crudo de hidrocarburos a la quebrada la Lisama, Caño Muerto y el Río Sogamoso, los cuales conforman el amortiguador  acuífero del Parque Nacional Serranía los Yariguies. Es el más grande impacto ambiental de la historia en un área de especial importancia ecológica que hoy todavía está contaminada con hidrocarburos.

Fotografía 1. Derrame en campo Lisama Pozo 158 Derrame de Crudo en Barrancabermeja. (Fotografia: Karen Salamanca Revista Semana 31 de marzo de 2018)

Tras dos años y medio de lo sucedido, la Corporación San Silvestre Green decidió realizar una investigación con el fin de contextualizar el suceso e identificar los pasivos ambientales que permanecen en la zona y cómo esta contaminación viene afectando a los pescadores, víctimas directas de este delito ambiental de contaminación a fuentes hídricas, suelo y daño a recursos naturales.

Para comprender la comisión de estas conductas punibles es importante traer a colación las cifras del ecocidio ambiental.

Daños a fauna y flora

La primera fase denominada por Ecopetrol como “Reacción inmediata y control” inició el 15 de marzo de 2018 y finalizó el 8 de mayo de 2018. En ella se atendieron 6.622 especies de animales, entre aves, reptiles y cuadrúpedos, como garzas, Martín pescador, iguanas, babillas, serpientes entre otros, de los cuales 3.546 resultaron impregnados de crudo (54%). Pese a los esfuerzos de la organización, “2.490 animales no pudieron ser salvados”, este delito se denomina daño a recursos naturales, según el código penal colombiano.

La organización contratada por Ecopetrol para la preservación de las especies contaminadas fue ‘Cabildo Verde’ dirigida por el ambientalista James Murillo, quien le concedió una entrevista al portal Colombia Plural, del cual me permito traer la siguiente declaración: “Nos buscaron el 2 de marzo diciéndonos que había una emergencia en la quebrada La Lisama. Nos llamó una empresa contratista de Ecopetrol para que atendiéramos unos animales afectados por un evento de hidrocarburos (…)”

“Aquel evento estaba lejos de ser el derrame de unos cuantos barriles de petróleo. El pozo Lisama 158, que según aseguran algunas fuentes, se encontraba abandonado, produjo una emanación de crudo sin control durante por lo menos 30 días, un chorro de petróleo que fue a parar a las aguas de la quebrada La Lisama y luego al Río Sogamoso, afectando miles de animales y varias comunidades aledañas. “Los peces muertos no se contaban, sino que se pesaban”, cuenta Murillo.

Según el informe que ‘Cabildo Verde’ remitió a la Fiscalía General de la Nación, hasta el 8 de mayo habían rescatado 6.622 animales en el área de la contingencia, más de la mitad de ellos estaban impregnados de crudo y una tercera parte pereció después del rescate. La cifra total de animales muertos ni siquiera pudo calcularse:

“La labor de nosotros no era ir a verificar cuántos animales se murieron, sino a tratar de que no se murieran”, insiste Murillo. Tampoco hay certeza de qué especies de peces se vieron afectadas, porque la evaluación se hizo sobre especies comerciales como el bocachico, pero no se midió el impacto sobre otros peces como el capitán, la arenca o el pez burrito, que son los que sirven de alimento al bagre, a la dorada y los peces más grandes. Más de 600 familias dependen directamente de la pesca en esta zona de la cuenca”.

Como lo dice el ambientalista, la cifra total de animales muertos ni siquiera pudo calcularse, como al igual los miles de peces que murieron, que según los pescadores que estuvieron en el área afectada, fueron más de 10.000 especies, entre bocachicos, barbudos, pataló, mojarras, toticas, arenques, doradas, entre otros. Lo cierto es que Ecopetrol destruyó gran parte el sistema íctico del corredor bilógico que era Caño Muerto, el cual quedó por completo en toda su cuenca, convertido en un río de petróleo.

Las cifras entregadas por Ecopetrol no cuadran, por eso no le creemos a sus informes como en adelante sustentaremos la verdad oculta de este impacto ambiental.

Fotografía 2. Derrame hidrocarburos en Caño Muerto. (Fotografía publicada por el portal latinamericanpost.com)

Evidencias científicas

En la actualidad cursa una investigación penal por delitos ambientales en la Fiscalía especializada en derechos humanos delegada para delitos ambientales en Bogotá en cabeza del Fiscal, José Neftalí Santos. Sin embargo, la primera fase de esta investigación fue desarrollada en Bucaramanga por la Fiscal Edith Xiomara Arias, quien el 4 de diciembre de 2018 convocó la primera audiencia entre Ecopetrol, ANLA, CAS y los representantes de víctimas.

En esta audiencia, Ecopetrol afirmó que ya iban en el 95% de la limpieza de la quebrada la Lisama y Caño Muerto respecto del retiro de petróleo, aspecto que tampoco fue cierto, pues la estatal petrolera tiene por costumbre faltar a la verdad y mantener los pasivos ambientales que hoy los barranqueños vemos como desastres ecológicos.

En noviembre de 2018, la comunidad por medio de la Fundación para el Desarrollo Rural Sostenible, contrató el Laboratorio Lasertec, certificado para realizar el análisis físico-químico en fuentes hídricas y sedimentos, siendo que son fuentes potenciales de los diferentes usuarios del corregimiento La Fortuna, encontrando los siguientes resultados de contaminación:

Tabla 1. Parámetros monitoreados en agua.

Los resultados obtenidos no cumplen con los límites máximos permisibles para el parámetro de grasas y aceites según lo establecido en el Decreto 1594/1984 artículos 38 y 39.

Tabla 2. Parámetros monitoreados en sedimentos.

Los tres puntos de sedimentos monitoreados presentaron concentraciones de grasas y aceites e hidrocarburos totales. El Punto No 3: Punto 9 Caño Lisama, presenta las mayores concentraciones de estos parámetros con respecto a los otros puntos analizados. Con estas evidencias se acreditó que realmente Ecopetrol no iba ni siquiera en el 50% de avance en la descontaminación, pues el lecho de la quebrada la Lisama y Caño Muerto estaba por completo lleno de hidrocarburos en sus sedimentos lo que afectó la microflora.

El 12 de febrero de 2019, el director regional de la Autoridad Nacional de Acuicultura y pesca (Aunap), Javier Jesús Ovalle Martínez, realizó visita técnica institucional con el propósito de verificar la afectación a la cadena productiva de la pesca en los sectores de La Cascajera y Caño Muerto.

Durante la visita se observó iridiscencia aceitosa y conglomerados de hidrocarburos (crudo). Se percibió sabor a hidrocarburo con el consumo de tejidos musculares en uno de los especímenes (bocachico) capturados en Caño Muerto, específicamente cerca de su desembocadura al Río Sogamoso.

Aunado a lo anterior, la Corporación San Silvestre Green, en julio de 2019, realizó caracterización fisicoquímica de agua y sedimentos de Caño Muerto con el laboratorio Lasertec, donde Ecopetrol ya había realizado la pésima y arcaica técnica de hidrolavado con inyección de agua a los sedimentos contaminados.

Se seleccionaron los puntos de control de Ecopetrol identificados como punto 12 y 13, encontrando para el punto 12 en lo correspondiente a la matriz agua, la variable grasas y aceites excede el límite máximo permisible, establecido en el Decreto 1076 de 2015 en su artículo 2.2.3.3.9.10 que regula los criterios de calidad para preservación de flora y fauna en aguas cálidas dulces.

Para la matriz de sedimentos de los puntos 12 y 13, se evidencia la presencia de grasas y aceites e hidrocarburos totales.

Dos años después de la emergencia ambiental que se vivió por el afloramiento de crudo en el pozo Lisama 158, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) impuso una multa por $5.155 millones a la estatal petrolera por este hecho.

Con el propósito de conocer las condiciones actuales de las fuentes hídricas de La Lisama y Caño Muerto, se realizó visita de inspección el lunes 29 de junio de 2020, en el lugar se evidencio que Ecopetrol no retiró el crudo de las orillas sino que lo tapó con tierra y piedras, y en el fondo está el hidrocarburos, lo que ha generado degradación de suelos. Se observa en la superficie del agua y las riberas, iridiscencia aceitosa que confirman la presencia de hidrocarburo y configura el delito de daño a recursos naturales contemplados en el artículo 331 y 333 del código penal.  

Al realizar excavaciones en las riberas, se observa presencia de agua contaminada con hidrocarburo, indicando que posiblemente se tengan aguas subterráneas afectadas y sedimentos del Caño Muerto.

Fotografía 3. Aguas subterráneas contaminadas en la ribera de Caño Muerto.

Con estos hechos reincidentes de contaminación, la comunidad de pescadores del Río Sogamoso, como ciudadanos, quienes tienen derechos constitucionales, los cuales deben ser protegidos y garantizados como lo estipula la constitución y la ley y siendo ellos hoy identificados en condición de víctimas en el presente proceso penal, es evidente que varios de muchos de sus derechos como el mínimo vital, el derecho a la vida, el derecho a un ambiente sano y el derecho al trabajo como personas que subsisten de la pesca; estos derechos fueron y se mantienen afectados sin solución alguna por parte de Ecopetrol.

Estos son claros actos de negligencia corporativa de los funcionarios de Ecopetrol en el presente proceso, toda vez; que tal hecho demuestra que Ecopetrol como compañía estatal reconocida persista con negligencia en estos dos años y medio y en evadir responsabilidades de reparación a las víctimas como lo estipula la ley y de restauración en el área protegida.

Si bien es cierto que la afectación ambiental por parte de una petrolera o empresa cualquiera es sancionable por la ley, sorprende que a la fecha a Ecopetrol se le haya hecho fácil reincidir con negligencia e indiferencia corporativa en compensar daños a quien corresponda, igual como aconteció en el año de 1996 en el departamento de Nariño.

Al respecto me quiero referir a la Sentencia T-574 de 1996 sobre la cual se condena a Ecopetrol por daño causado al Río Tumaco y Playa Salahonda que afectó a sus pescadores como principales víctimas, hecho similar al de Barrancabermeja, lo que fundamenta ampliamente nuestra disposición por plantearle a Ecopetrol la compensación de los perjuicios a pescadores y de restauración del área protegida contaminada en términos de fuentes hídricas, suelos, fauna y flora, como al igual el monitoreo permanente, ya que en dicha sentencia la Corte Constitucional le ordenó y dejo claro proteger el derecho fundamental a la libertad de oficio de los pescadores, como garantía de la producción pesquera en el futuro.

Finalmente, no se equivocaba George Holland al afirmar: “Cuando la calidad de vida cae para el medio ambiente, cae para el ser humano”. Ecopetrol está desconociendo el factor humano como víctimas a los pescadores que hoy siguen afectados.

*Abogado

Correo: ralegc@yahoo.com

Facebook: Leonardo Granados Cardenas

Twitter: @Leonard74621446 

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ETIQUETADO: Barrancabermeja, Ecopetrol, La Fortuna
CORRILLOS julio 5, 2020 julio 5, 2020
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