Por: Leonardo Vásquez/ En octubre de 2019, mientras la contienda política llegaba a su recta final, en el Concejo de Bucaramanga se dio inicio al proceso de elección para elegir el Personero Municipal 2020-2024.
Cuando los resultados electorales se dieron y se configuró una renovación en la corporación, los nuevos concejales empezaron a pensar en los cargos que tenían que elegir. Fue en ese momento que se dieron cuenta que ya no podían inscribir sus fichas para la elección del Personero, puesto que las inscripciones ya se habían cerrado.
Inconformes, los dos concejales “youtubers” empezaron una campaña sistemática en busca de suspender el proceso. Fue así como lograron convencer a nueve concejales más y con cámara en mano, hicieron su show mediático en las instalaciones de los juzgados administrativos demostrando que en el concejo habría una coalición y que oficialmente habían presentado la demanda de nulidad en busca de anular el proceso de elección de Personero.
Aquel 6 de noviembre, ante el Juez Décimo Administrativo, quedaron consignados los nombres de 11 ciudadanos demandantes que a la postre, dos meses después, se convertirian en concejales.
¡Grave error! Para aquellos que se dejaron influenciar de este par de “youtubers”. Porque por mas pergaminos que cuelguen en la pared, lo único que han demostrado es desconocimiento del régimen municipal. Porque si ya tenían una coalición de once concejales, lo único que debian esperar era posesionarse y motivar una revocatoria directa de los actos administrativos ya que el ordenamiento jurídico lo permite.
Pero por haber presentado la demanda y al haber sido admitida, ya no se podía revocar y ello ocasionó la ausencia del titular del ministerio público municipal y quien iba a pensar que esa actuación pondría en riesgo sus credenciales de concejales.
La pérdida de investidura es la institución jurídica que decreta la muerte política a concejales, es decir, de prosperar no podrán volver a aspirar a ningún cargo de elección popular. Este medio de control ha enumerado una serie de causales en los que, al incurrirlas, procede la acción. Jamás pensé que, en solo dos meses de posesionados, la renovación política incurriría en Perdida de Investidura.
El primer error recae sobre el Presidente del Concejo Jorge Humberto Rangel, quien siendo demandante dentro del proceso en mención, en el mes de febrero confirió poder para defender al Concejo de Bucaramanga de la demanda que él mismo habia presentado.
El segundo error propiciado por el Presidente y los concejales youtubers fue presentar la proposición Nº 58 el pasado 1 de marzo, donde le propusieron a la plenaria que se aprobara presentar al juzgado décimo una oferta para revocar la resolución que once ciudadanos (hoy concejales) habían demandado su anulación.
No contentos con esta cadena de errores, sepulcraron sus credenciales cuando sin advertir impedimento alguno la proposición fue aprobada. En la planearia para ese momento, se encontraban haciendo quórum solo 10 concejales y 6 de estos eran demandantes. Es decir, sin los 6 impedidos votos, la proposición no habría sido aprobada.
El régimen de inhabilidades y de conflicto de intereses plantea dos situaciones, una cuando el concejal no advierte el impedimento cuando se está resolviendo algo en lo que se tiene interes y otra, cuando tampoco manifiestan el impedimento si tienen una decisión administrativa pendiente en que se controvierta la misma cuestión jurídica que él debe resolver.
Justo eso fue lo que ocurrió, los concejales del Partido Verde: Carlos Felipe Parra Rojas, Wilson Danovis Lozano, Carlos Andrés Barajas, del Partido Conservador: Jorge Humberto Rangel, De la Liga de Gobernantes: Marina de Jesús Arévalo y del Centro Democrático: Luis Fernando Castañeda, desconocieron su calidad de demandantes y sin advertir el impedimento por estar inhabilitados, aprobaron un acto que terminaba aceptando las pretensiones de la demanda que ellos mismos presentaron, configurando las causales 1 y 13 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 e incurriendo en conflicto de intereses.
En manos del Magistrado Julio Edisson Ramos está la ponencia que resuelve la muerte política de estos concejales. No se puede permitir que los concejales actúen de Juez y parte dentro de los procesos que deben resolver. ¡Golpe directo al populismo!
Coda: En un municipio del área metropolitana, un alcalde incurrirá en inhabilidad sobreviniente por perder la investidura de concejal.
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