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Lectura: Nueva Ley de Financiamiento
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CorrillosR > Blog > Opinión > Nueva Ley de Financiamiento
Opinión

Nueva Ley de Financiamiento

CORRILLOS
Última actualización: 2019/01/15 at 12:00 AM
CORRILLOS hace 6 años
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Por: Jorge Armando Jaimes Soto/ Con el objetivo de lograr equilibrio en las finanzas públicas en el corto y mediano plazo, durante los  últimos 24 años Colombia ha tenido 13 intervenciones en su sistema tributario a través de reformas presentadas al Congreso de la Republica, solo que esta vez en una jugada magistral por parte del gobierno al tener el tiempo en contra suya se la jugó con la mal llamada “Ley de Financiamiento” y no reforma tributaria.

Los objetivos generales de la Ley De Financiamiento, de acuerdo con la discusión públicamente conocida, eran básicamente tres: Obtener los recursos necesarios para cubrir la porción desfinanciada del presupuesto aprobado, disminuir la carga tributaria efectiva de las empresas y rebalancear la carga tributaria entre empresas y personas naturales.

Pero no hay que desconocer que el presupuesto para el año 2019 tuvo un aumento por encima del 10%, un porcentaje muy alto comparado con los aumentos promedios de los años anteriores que no superaban un 4%, esto hizo que necesariamente se necesitasen más recursos para la llamada inversión social.

La nueva Ley de Financiamiento deja ver que las anteriores reformas tributarias sobre todo en el cumplimiento de la renta para personas naturales ha sido solo ensayos de prueba-error pues solo por referirnos a la reforma de la Ley 1607 de 2012 donde creó el impuesto sobre la renta para personas naturales y estableció una clasificación de personas naturales en empleados y trabajadores por cuenta propia y creó dos sistemas presuntivos de determinación de la base gravable de Impuesto Mínimo Alternativo (IMAN) e Impuesto Mínimo Alternativo Simple (IMAS), que a la postre resultó un fiasco para el gobierno nacional.

Y entonces volvió a reformarse con la reforma de la Ley 1739 de 2014 que de igual forma no les dio el resultado esperado y con la reforma del 2016 Ley 1819 de 2016 fuese nuevamente modificado por un llamado sistema cedular complejo de cinco cedulas que incluía rentas de trabajo, rentas de capital, rentas de pensiones, rentas de dividendos y participaciones y rentas no laborales. Y de nuevo el gobierno nacional con esta Ley de 2018 vuelve a modificar y pasa de cinco cedulas de tributación a tres. Pueda ser que esta vez el experimento si les dé resultado.

Infortunadamente, la Ley De Financiamiento incluye aspectos que inciden muy negativamente en la carga empresarial tributaria y en la sobrecarga fiscal de las personas naturales cumplidas, como el aumento en la tarifa del impuesto a los dividendos y al patrimonio del 1,5 por ciento por cuatro años para personas naturales.

Resulta negativo haber establecido ingresos máximos admisibles tan limitados para aplicar el beneficio a proyectos de economía naranja y proyectos agropecuarios. También es inconveniente establecer un impuesto al consumo a la venta de vivienda nueva y usada, independientemente que se trate de inmuebles con valor significativo.

Es inequitativo gravar con impuesto de renta el componente inflacionario de los rendimientos financieros, pues al final se terminan pagando tributos sobre valores nominales que no significan un enriquecimiento real, sino simplemente el ajuste nominal correspondiente a la pérdida de valor económico del dinero como consecuencia de la inflación.

Dentro de los pocos aspectos positivos tenemos en materia de impuesto de renta a personas naturales, las rentas de la cedula de rentas no laborales, pues la limitación de beneficios tributarios, rentas exentas y deducciones, pasaron del 10% o 1.000 UVT al 40% o 5.040 UVT.

Así mismo, la tarifa aplicable, con la modificación del artículo 241 del Estatuto Tributario, fue benéfica para quienes tiene rentas no laborales, pues el tramo no gravado pasó de 600 UVT a las 1.090 UVT, que tenían antes de la ley 1819 de 2016.

Pero lo que más le hace daño al país es la cantidad de mermelada indirectamente que fue aprobada mediante esta iniciativa pues es totalmente antagónico que una ley que se supone es para recaudar dinero se aprueben ampliaciones de planta en entidades que nada tienen que ver con la fiscalización como son la Defensoría del Pueblo, la JEP, entre otras. Entonces más dinero para gastar en más burocracia y es ahí donde el ciudadano del común siempre querrá hacerle conejo a los impuestos al no ver inversión justa con ellos sino más ampliación de gasto.

Correo: gerenciaplusweb@gmail.com 

Twitter: Pluswebcol

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