La situación de las personas privadas de la libertad en circunstancias de hacinamiento es muy difícil, como quiera que no tienen las garantías suficientes para el cumplimiento de la pena en condiciones dignas y peor aún para quienes no están condenados; en la mayoría de las instituciones carcelarias el acceso a la salud es deficiente, la atención por especialista es casi imposible, el derecho a la intimidad no existe, no hay espacios adecuados de esparcimiento; se requiere un sistema penitenciario y carcelario plenamente garantista de los derechos humanos y constitucionales.
Por: Juana Yolanda Bazán Achury/ El tema del hacinamiento carcelario en nuestro país es una situación ampliamente conocida por todos y la cual no ha logrado solucionar el Estado, cada día se hace más insostenible, pese al costo que demanda para el país el mantenimiento del sistema.
Desde la óptica de la seguridad ciudadana; se evidencia que cada día aumentan los delitos que afectan la tranquilidad y seguridad, el índice de percepción de inseguridad (IPS) para la mayoría va en aumento, delitos contra la propiedad privada, violencia doméstica, delitos en contra de las personas y bienes protegidos por el derecho internacional humanitario, en contra de la libertad, integridad y formación sexual, estafa y abuso de confianza, que recaen sobre los bienes del estado y particulares, hurto cualificado y extorsión, entre otros, afectan la tranquilidad y la vida cotidiana.
La respuesta del poder público en la lucha contra la delincuencia es la imposición de penas privativas de la libertad cuya consecuencia directa es el aumento de la población carcelaria.
No podemos desconocer que uno de los factores que inciden significativamente en el aumento de la delincuencia es la desigualdad social, en nuestro país hay quienes cuentan con las herramientas para gestionar sus necesidades, frente a otros que apenas reciben lo mínimo para subsistir.
Pese a los esfuerzos que ha hecho el Estado por mejorar las condiciones de estas personas, la situación de marginalidad en muchos casos persiste impulsándolos a la comisión de delitos, para procurarse la satisfacción de sus necesidades básicas.
La población privada de la libertad es mayoritariamente masculina, corresponde al 97.3%, las mujeres representan el 6.3% de la distribución, este porcentaje en los últimos 10 años ha venido en aumento.
Por edad se identifican los que están entre 18 y 29 años que corresponden al 41.18%, los que están entre 30 y 54 años son el 52.2%, los mayores de 55 años 5.9%.
En cuanto al nivel Educativo, se observa que la mayoría de los reclusos han adelantado estudios de primaria, seguido de sujetos que abandonaron el bachillerato, la tasa de analfabetismo se ha venido superando.
Los grupos especiales, son sujetos muy permeables a los efectos perniciosos del medio penitenciario puesto que, dadas sus características específicas –etnia, nacionalidad, edad, maternidad, discapacidad y enfermedad–, sufren con mayor intensidad la privación de libertad y los distinguen del resto de población reclusa solo en cuanto requieren un acompañamiento y unas acciones adecuadas a sus condiciones.
El tipo de delito cometido es el principal indicador para conocer las causas por las cuales la persona ha sido enjuiciada y encarcelada. Los cometidos por la mayoría de los reclusos son el homicidio y el hurto que representan
una incidencia superior a otros (32% y 21,2% de media), seguidos del porte de estupefacientes, fabricación y tráfico de armas de fuego o municiones.
En lo que hace al hacinamiento carcelario, encontramos que el sistema penitenciario cuanta con 138 centros o Establecimiento de Reclusión de orden nacional denominados (ERON) que forman parte de la estructura básica del Inpec.
El hacinamiento en las cárceles según lo informa el Inpec, es del 20.65 %. Pero según informan otros organismos investigadores supera el 50% y para otros es mayor, para el año 2021, los cupos en las cárceles eran de 80.150 y había 124.188 personas privadas de la libertad.
El hacinamiento provoca cambios físicos, mentales y fisiológicos en las personas privadas de la libertad. Con el empleo de una metodología etnográfica se llevó a cabo un estudio en la prisión de Villahermosa, ubicada en Cali. Los presos entrevistados apuntaron que el hacinamiento es la mayor problemática del lugar. Se dijo “el hacinamiento en los patios genera la posibilidad de instaurar dinámicas de tráfico, debido a la alta demanda de artículos que se presenta; desde utensilios de aseo, comida y ropa, entre otros, hasta la venta de drogas y armas, componen la variedad de elementos que se venden o cambian en el lugar».
La situación de las personas privadas de la libertad en circunstancias de hacinamiento es muy difícil, como quiera que no tienen las garantías suficientes para el cumplimiento de la pena en condiciones dignas y peor aún para quienes no están condenados; en la mayoría de las instituciones carcelarias el acceso a la salud es deficiente, la atención por especialista es casi imposible, el derecho a la intimidad no existe, no hay adecuados de esparcimiento; se requiere un sistema penitenciario y carcelario plenamente garantista de los derechos humanos y constitucionales.
Es evidente la grave violación de los derechos humanos en las cárceles y penitenciarias, lo ha manifestado la Corte Constitucional en dos de sus Sentencias de tutela (T 153 de 1998 y T 388 de 2013) en las que la alta Corte le ha señalado al Gobierno, sobre el Estado de Cosas Inconstitucionales que se presentan al interior de los establecimientos Carcelarios, para que se establezca una hoja de ruta con el fin de trabajar en la solución de la problemática.
En la próxima columna me referiré a las causas más relevantes del hacinamiento carcelario y haré referencia a algunas de las propuestas que se han hecho por los organismos Internacionales como la ONU, y el Ministerio de Justicia y el Derecho para trabajar en la solución de esta problemática
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*Exrepresentante a la cámara por Santander.