El Tribunal Superior de Bucaramanga ordenó dos días de arresto y una multa de 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes contra Andrea Camila Vargas De la Hoz en su calidad de representante legal y secretaria general del partido Colombia Humana por el desacato de una tutela.
El proceso se originó con una acción de tutela interpuesta por el señor Rubén Fernando Morales, que alegó que el partido Colombia Humana no había respondido sus peticiones radicadas el 25 de mayo de 2023 y el 28 de octubre de 2024. El 6 de diciembre de 2024, el tribunal falló a favor del demandante y ordenó a Colombia Humana responder de fondo en un plazo de 48 horas.
El Tribunal indicó que a Andrea Vargas se le notificó la actuación a través de los correos electrónicos que, como de notificaciones, fueron suministrados por el Consejo Nacional Electoral, mismos entre los que se encuentra aquel al que el demandante remitió las peticiones «cuya respuesta echa de menos».
Ante la falta de respuesta de Vargas De La Hoz, el tribunal determinó que su conducta era deliberada y constituía un incumplimiento del fallo tutelar. En su decisión, la Sala Penal argumentó que “ese silencio también debe entenderse como prueba sobre el dolo en la conducta omisiva, pudiendo predicarse sin temor a equívocos que Andrea Camila Vargas De La Hoz, como Representante Legal de la accionada, teniendo la capacidad legal y material para dar cumplimiento a la sentencia, ha optado por no hacerlo, sin que se encuentre acreditada ninguna causal de exclusión de responsabilidad”.
El tribunal recordó que el desacato a una orden de tutela puede acarrear sanciones de hasta seis meses de arresto y multas de hasta 20 salarios mínimos, según lo estipulado en el Decreto 2591 de 1991. Y reitera la obligación de cumplir con los mandatos judiciales y deja un precedente sobre la responsabilidad de los líderes de organizaciones políticas en la protección de los derechos fundamentales.