La Resolución número 6353 del Consejo Nacional Electoral – CNE – dejó en firme este martes 22 de octubre de 2019 la candidatura a la Alcaldía de Bucaramanga de Claudia Lucero López Rodríguez.
El artículo primero de la reciente Resolución confirmó “la Resolución 5884 de 2019: por medio de la cual se rechaza la solicitud de revocatoria” de la inscripción de la candidatura de Claudia López.
La solicitud de revocatoria fue presentada por Nino Bravo Oyuela y Andrés Beltrán ante el CNE. El CNE mediante Resolución 5884 del octubre rechazó esa solicitud de revocatoria.
Solo fueron dos los inscriptores, decían
Claudia López inscribió su candidatura a la Alcaldía de Bucaramanga por el grupo significativo de ciudadanos “Hagamos Ciudadanía por Bucaramanga” en coalición con los partidos políticos Liberal, Centro Democrático, de la Unidad Nacional, Mira, Colombia Renaciente y Alianza Verde, para las elecciones de este domingo 27 de octubre.
Solicitaron la revocatoria basados en que solo se presentaron dos, de los tres inscriptores, para inscribir el grupo significativo de ciudadanos. La Ley 1475 de 2011 dice que los inscriptores deben ser tres.
Ausente estuvo en la inscripción el deportista Sergio Andrés Becerra, uno de los tres inscriptores. En el documento de coalición no se precisó que el mencionado estaba en Australia y luego viajó a Lima. Se firmó como si Sergio hubiese estado ese 25 de julio de 2019.
Igual argumento está para la inscripción de la lista al Concejo de Bucaramanga, razón por la cual también debería ser revocada. No tiene validez, ni nació a la vida jurídica, por no tener los tres inscriptores, decía la solicitud de revocatoria.
Lo que sucedió en la inscripción
El 25 de julio el grupo significativo de ciudadanos “Hagamos Ciudadanía por Bucaramanga”, integrado por Ana de Dios Cogollo Pinedo, Alfonso Amaya Serrano y Sergio Andrés Becerra Peñuela, suscribió acuerdo de coalición programática y política.
El acuerdo se suscribió a la designación, inscripción y apoyo a la candidatura de Claudia López a la Alcaldía de Bucaramanga en las elecciones del 27 de octubre de 2019 para el periodo constitucional 2020 – 2023.
En cumplimiento de los requisitos el acuerdo fue enviado a la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Dijeron los demandantes que en un contrato previo, Becerra Peñuela firmó un documento. Pero esa firma, señalan, contiene rasgos caligráficos diferentes a la presentada para la inscripción del movimiento.
Reiteran los demandantes que para la fecha del acuerdo Becerra Peñuela se encontraba en el exterior, razón obvia para que no firmara los documentos de la inscripción.
Por tanto, argumentan, la firma aparecida en el acuerdo no es la que debe estar, lo que vicia la validez del acuerdo suscrito para inscribir la candidatura, además que generaría delito por presunto fraude.
Pretendieron con ello, según hicieron la solicitud al CNE, que se anulara la inscripción de la candidatura de Claudia López a la Alcaldía de Bucaramanga.
El autor se pronunció y validó sus actos
Becerra Peñuela se pronunció al respecto: “se ha puesto en entredicho mi firma como inscriptor de la candidatura de Claudia López a la Alcaldía de Bucaramanga y una autorización en el mismo sentido. Firmas y autorización son mías y reconozco la autenticidad de las mismas”.
Argumentos adicionales en donde los peticionarios requerían que el CNE se pronunciara sobre la posibilidad de un fraude por el uso de una firma de una persona que no estaba presente, le permitieron al CNE recordar su tarea y la necesidad de acudir a Fiscalía o Registraduría de sentirse que hay sospecha de delito.
Dio el CNE otras explicaciones adicionales que argumentaban en el mismo sentido de no ser el perito para hacer un estudio grafológico y de necesitarlo se contaba con la Fiscalía, instancia a la que debían acudir los demandantes.
En conclusión el CNE resolvió “rechazar las solicitudes de revocatoria presentadas contra la inscripción de la candidatura de Claudia López a la Alcaldía de Bucaramanga y de inscripción de la lista al Concejo” del mismo grupo “Hagamos Ciudadanía Por Bucaramanga”.
Bravo Oyuela y Beltrán pidieron el recurso de revisión del fallo.
Y la respuesta del CNE nos tiene acá ahora sobre el mismo tema, porque en Resolución 6353 del 22 de octubre de 2019, el CNE confirmó la Resolución 5884 del 16 de octubre en donde rechazó la solicitud de revocatoria presentada.
Informó además el CNE, en el artículo segundo que “la presente Resolución se notificará en estrados y contra ella no procede recurso alguno, por encontrarse agotada la actuación administrativa”.