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Lectura: Marta Lucia Ramírez, ¿con inhabilidades morales?
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CorrillosR > Blog > Opinión > Marta Lucia Ramírez, ¿con inhabilidades morales?
Opinión

Marta Lucia Ramírez, ¿con inhabilidades morales?

CORRILLOS
Última actualización: 2020/06/16 at 1:11 AM
CORRILLOS hace 5 años
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Por: Víctor Andrés Salcedo Fuentes/ A propósito de los recientes cuestionamientos efectuados desde algunos sectores de opinión, contra la señora Vicepresidenta de la República, la doctora Marta Lucia Ramírez, por conductas delictivas cometidas por su hermano hace más de 23 años, permítanme referirme hoy a mi percepción jurídica sobre el tema.

El sistema jurídico colombiano tiene instituidas lo que denominamos el régimen de inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de intereses. Figuras creadas para controlar el abuso del poder, el tráfico de influencias, el nepotismo y el interés ilegal en asuntos públicos, buscando entre otros fines, la objetividad, igualdad y trasparencia de la función pública, legislativa y judicial. En unos casos son normas que impiden acceder a lo público, otras prohíben el ejercicio conjunto o simultáneo de actividades públicas con privadas y unas que obligan a separarse de temas sobre los que podemos tener un interés personal, particular o directo.

Viendo estas figuras desde el finalismo jurídico, podemos coincidir todos en que realmente son ineficaces. Pero bueno, el punto es que, en este país, no basta únicamente con tratar de mantenernos siempre en el camino del bien, somos humanos y por tanto propensos a errar y equivocarnos.

Pero no siendo suficiente lo anterior, hay quienes tienen que cargar con el lastre de los errores de los miembros de su familia, hermanos, papás, tíos, etc. A la señora Vicepresidenta, le achacan haber atentado contra la “ética pública y la trasparencia” por no contar al país el suceso de su hermano. ¿Quién es quién, para definir en un caso como este los linderos de la ética y la transparencia? ¿Qué si estaba obligada o no a hacerlo?, cada uno tiene su percepción, más si existen convicciones políticas que sesguen su parecer. Yo me ubicaré más en si es legal o no.

Que es una figura pública, ¡claro que lo es! pero primero es mujer, hermana, mamá, esposa y ella al igual que todos, tenemos un fuero personal que se llama derecho a la intimidad, por más figura pública que sea tiene derecho a él y nada ni nadie le obligaba en ese momento a ventilar las tragedias familiares o más bien de un familiar suyo. El problema era del hermano y no de ella, actuó como lo que representaba en ese momento, una hermana y ningún reproche puede hacérsele a esa actitud instintiva, solidaria y moralmente correcta.

Para algunas personas en este país, pareciera que el solo hecho de ser figura pública, implica el desconocimiento per se, de las garantías fundamentales generales de todo el resto de la población, como la presunción de inocencia, el derecho a la intimidad entre otros. Nadie puede ser juzgado por los hechos y conductas de terceros, la responsabilidad es individual y subjetiva. Aquí a pesar del amplio espectro de normas que regulan la ética pública, no hay una que haga extensivos los efectos de los errores de los demás consanguíneos a nosotros, ni tampoco de las cosas buenas.

En este mundo cada uno construye su futuro, su nombre y su vida, lo bueno y lo malo será siempre consecuencia de nuestros actos, no podemos vivir de los éxitos ajenos, ni menos de las vergüenzas de terceros. Cada quien se labra su propio destino.

Esto mismo pasa con el Coordinador de Víctimas del Ministerio del Interior, una persona que no tiene por qué cargar con los errores de su padre, menos se le puede vetar el acceso a la función pública, es un derecho de todos, él es una persona sin antecedentes y con una hoja de vida debidamente estructurada para servir al país y tiene el derecho de ejercer el cargo, así no le guste a algunos sectores, que se autoproclaman defensores de la paz, pero por otro lado se niegan a la reconciliación nacional.

En Bucaramanga sucede lo mismo, la administración anterior responderá por las acciones y omisiones que le correspondan, pero las presuntas conductas irregulares de terceros, por más consanguíneos que sean, serán de terceros y no se pueden hacer extensiva al ex mandatario.  Así que una cosa son las interpretaciones políticas de los hechos y otra las jurídicas, yo me quedo con estas últimas.

Feliz inicio de semana.

*Abogado Penalista, Magister en Derecho Penal Internacional

Facebook: Victor Salcedo – Salcedo & Asociados Abogados

Correo: victorsalcedof@hotmail.com

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