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Lectura: Plazo perentorio de la JEP a Timochenko y Alape para corregir inventario de bienes
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CorrillosR > Blog > Judicial > Plazo perentorio de la JEP a Timochenko y Alape para corregir inventario de bienes
Judicial

Plazo perentorio de la JEP a Timochenko y Alape para corregir inventario de bienes

CORRILLOS
Última actualización: 2018/08/23 at 12:00 AM
CORRILLOS hace 7 años
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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le dio a Rodrigo Londoño y Pastor Alape, antiguos militantes de la guerrilla de las Farc, un plazo de 30 días para que corrijan el inventario que entregaron sobre sus bienes y sobre el que solicitaron medidas cautelares para que no terminen en procesos de extinción de dominio.

El plazo lo da el despacho del magistrado Alejandro Romelli mediante un auto en el que específica cuáles son las dudas que deben responder los dos miembros del extinto grupo.

El magistrado le ordena a Rodrigo Londoño que complemente y precise el inventario en varios aspectos:

Primero, debe identificar e individualizar todos los bienes y activos contenidos en el inventario, especificar sus matrículas inmobiliarias si existen, o indicar su ubicación exacta y descripción del bien, señalando además las circunstancias que dieron lugar a la tenencia o posesión de los mismos, así como todos los documentos que certifiquen su propiedad.

Segundo, se debe determinar las fechas y el nombre de las personas que entregaron materialmente los bienes y activos así como las entidades que recibieron el inventario definitivo.

Y tercero, debe especificar las razones por las que estos bienes tienen vocación reparadora especialmente en tres casos»i) bienes baldíos, inmuebles de titularidad colectiva, resguardos indígenas, parques naturales o terrenos en zonas de reserva campesina; ii) infraestructura vial; iii) bienes denominados como «inversión social»; iv) armamento y v) equipos y enseres».

A Pastor Alape le ordena que precise por qué habrían imprecisiones en los montos que entregó el Secretariado de las Farc al Mecanismo de Monitoreo y Verificación de Naciones Unidas, y el que él mismo expuso cuando hizo la solicitud de la medida. Primero se habló de un inventario por valor de $ 963.241.023.382 y luego por $ 823.534.896.872.

Se lee: «informe detalladamente al despacho sustanciador acerca de si conoce a qué se atribuye la falta de correspondencia entre el total del inventario presentado por el Secretario del Estado Mayor de las Farc el 15 de agosto y el por él suscrito el 15 de febrero de 2018 en el escrito de solicitud de medidas cautelares».

En el mismo auto se ordena a cada uno de los involucrados en este proceso a que rindan informes al respecto y se les anuncia su vinculación al mismo.

Las entidades que deberán responder ante la jurisdicción son la Fiscalía General de la Nación, la Sociedad de Activos Especiales, el Ministerio del Interior, el Director Ejecutivo de la Rama Judicial, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la Comisión Transitoria de Verificación de los Bienes y Apoyo Nacional Penitenciario y Carcelario, a la Policía Nacional, a la Agencia Nacional de Tierras, a la Unidad para la Atención y Reparación de víctimas, a la Defensoría del Pueblo y la Contraloría.

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