La propuesta del Gobernador de Santander, Juvenal Díaz Mateus, de crear una tasa a la seguridad, con la cual se recauden recursos para atender con equipos y elementos, los problemas de orden público e inseguridad en el departamento; podría hundirse antes de ponerse en ejecución.
La iniciativa del mandatario territorial de aplicar el gravamen a los estratos 4, 5 y 6, así como a los sectores comercial e industrial, no podría cobrarse a través del recibo del servicio de energía, debido a que la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), lo impide.
De hecho, la ordenanza aprobada, y que establece la tasa de seguridad, define un cobro de 66 pesos por kilovatio consumido, el cual se haría hasta el 31 de diciembre de 2028.
El propio ministro de Minas y Energía, Edwin Palma Egea, rechazó en su momento el anuncio del Gobernador de Santander de cobrar la tasa de seguridad a través de la factura del servicio de energía, considerándola contraproducente por las graves afectaciones que trae al bolsillo de la gente.
“Se trata de la misma tasa de seguridad que tienen los habitantes del departamento del Atlántico y contra la que llevan luchando varios años, el cobro de esta tasa trae consigo implicaciones jurídicas y económicas donde se les impone a los usuarios un valor fijo independiente de su consumo de energía, lo que contradice los principios de justicia y equidad tributaria establecidos en la Constitución”, expresó.
Tras generarse la disputa entre los gobiernos nacional y seccional por el cobro, el especialista en derecho comercial y tributación corporativa Javier Torres Betancourt; expuso que, “la CREG recientemente emitió un concepto en el cual estableció unos parámetros a tener en consideración para resolver esta disputa. ¿Qué dijo la CREG? Pues, de acuerdo a la normatividad existente que regula la materia, no es posible establecer otro tipo de cobros en estos recibos de servicios de energía domiciliaria cuando estos gastos adicionales que se quieren plantear no tengan relación directa o indirecta con la producción y la distribución de energía”.
Argumentó que, “este round un jurídico se lo lleva al Gobierno Nacional. ¿Por qué? Porque la normatividad vigente ya lo ha dejado totalmente claro. No se pueden hacer cobros de aquello que no tenga ningún tipo de relación con la producción y distribución de energía”.
¡Alcaldes y gobernadores NO pueden cobrar tasas en las facturas de servicios públicos!
La @comisioncreg confirma que sin autorización expresa de los usuarios, es ilegal realizar cobros tributarios en las facturas de servicios públicos domiciliarios, dándole la razón al ministro… pic.twitter.com/ZBaFbI1GqY
— Javier Torres Betancourt (@JaviTorresBet) April 4, 2025
Torres Betancourt aclaró también que, “nosotros, como usuarios de los servicios públicos domiciliarios, debemos tener una tranquilidad. Y es que, aun así, si quisiéramos autorizar que la entidad que nos suministra la energía nos cobrará otro tipo de gastos diferentes que tengan algún tipo de relación real con la distribución y producción de energía, tendríamos que autorizarlo previamente. Y aun autorizándolo, en caso tal de que no llegáramos a pagar ese impuesto, nada de eso podría afectar nuestro suministro, energía y agua. Absolutamente nada”.
Finalmente, el ministro de Minas pidió a las autoridades revisar con rigor y responsabilidad esta medida que se piensa adoptar en Santander, “de tal manera, que se tenga en cuenta a la ciudadanía, y de cómo este tipo de decisiones entrarían a afectar el acceso a un servicio público esencial al que tienen derecho todos los colombianos y colombianas”.
Se espera que este lunes el Gobernador Díaz Mateus se refiera a lo expuesto por la CREG y la existencia de un plan b, si es que desea seguir con la propuesta de tasa de seguridad.