Por: Gustavo Herrera Acelas/ El sistema judicial en Colombia ha demostrado tener varias falencias, pero la más grande de todas, y que es una falla estructural para el Estado de Derecho, es que no es imparcial. Frente a esto, la rama judicial en todas sus instancias, no diciendo lo mismo de todos los jueces y fiscales, pues hay muchos que son rescatables, se ve ante el espectador como corrupta, selectiva y lenta en la aplicación de la justicia.
No podemos olvidar que administrar justicia es dar a cada quien lo que le corresponde de acuerdo a su deontología, es decir, lo que todas las partes esperan y aspiran en un proceso judicial. Aún más cuando se trata de casos emblemáticos a nivel nacional.
Sin embargo, la justicia colombiana cojea, es manca, es corrupta, es ciega (pero no imparcial) y, además, es pobre de espíritu. Por ende, Colombia requiere con urgencia una reforma judicial.
No hay nada más cierto que lo que las altas cortes colombianas dijeron públicamente que “la integridad, independencia e imparcialidad de la judicatura son requisitos esenciales para la protección efectiva de los derechos humanos y la garantía de un orden jurídico justo”. Sin embargo, lo anterior no puede ser un mero “decir”, sino que tiene que cumplirse y, más importante aún, debe existir un medio para corroborarse o controlarse.
En todos los países del mundo, la rama judicial tiene un especial poder sobre el Estado, pues es capaz de organizar y hacer funcionar efectivamente a las otras dos ramas del poder público. Por mostrar solo un ejemplo en nuestro vecino Perú el poder legislativo derrocó al presidente por recibir coimas en días pasados y en Colombia se evidenció que Odebrecht le entregó coimas a la campaña de Santos y Uribe y no pasó absolutamente nada.
En los sistemas romanos como el nuestro, siempre se ha ahincado la idea del tercero que controla, de una forma u otra, el ejercicio del ejecutivo que su función primordial es gobernar y el legislativo de ejercer el control político y hacer leyes, y el más importante el judicial, el de hacer cumplir las normas y que sea capaz de impartir justicia. Por ejemplo, los jueces son conocidos por su imparcialidad e independencia, pues son cargos inamovibles y con buen presupuesto de funcionamiento, además de que se fundan en una idea de integridad clara, que los acompaña en el ejercicio del derecho.
En los sistemas de origen romano, en cambio, los jueces no gozan de tanta independencia, pues ejercen como tales por periodos cortos de tiempo, en algunos países con presupuestos bajos y en otros altos, pero con una historia social de corrupción que es difícil de desligar del proceso judicial. Todos, eso sí, con la misma teoría preconcebida en las escuelas de derecho, y es que la justicia debe ser otorgada por un juez íntegro, independiente e imparcial. Sin embargo, como se decía en los viejos tiempos, “del dicho al hecho hay mucho trecho”.
No puede ser que en las escuelas de derecho se diga una cosa, y en el ejercicio, se haga otra completamente distinta. Debería darnos vergüenza que los estudiantes universitarios se enfrenten a la posibilidad de perder su entereza e integridad, cuando apenas son patinadores, en aras de que un proceso judicial avance.
La realidad de las cosas, es que las decisiones, audiencias y falta de acción judicial, adjudicables a las altas cortes que son controversiales y dejan en el viento la sensación de falta de imparcialidad.
Colombia exige una reforma a la justicia inaplazable. Una que proteja a los jueces de las presiones externas y garantice así el debido proceso a los ciudadanos de este país y la de los fiscales que ejerzan una idónea función fiscalizadora.
Colombia requiere que, a través de la inamovilidad del cargo, el buen presupuesto de funcionamiento de la rama judicial y, sobre todo, la no corrupción en ninguna de las instancias del proceso, se garantice la verdadera transparencia.
No podemos permitir que la administración de justicia siga adelante como está, pues la confianza en las instituciones públicas debe incrementarse, y la consecución de la justicia debe ser siempre un fundamento para creer en la sociedad. Hace falta que los legisladores se concienticen de la necesidad de un cambio para la rama judicial.
La celeridad en los procesos, no puedo decir al poder ejecutivo que la justicia se administra en el país con prontitud; pero si puedo asegurar que las demoras que se experimentan provienen principalmente de las facilidades que ofrecen las disposiciones legales sobre procedimiento, para embrollar con articulaciones inconducentes todas las causas y hacerlas interminables
Decir que en Colombia la justicia está en crisis no es una novedad. La situación incluso puede declararse como sobrediagnosticada.
Sin embargo, es necesario reconocer que su condición se agrava de día en día y que ella ha conducido a la pérdida de confianza del ciudadano en las instituciones que conforman la rama judicial.
Durante mucho tiempo se ha venido enfrentando la crisis con medidas tendientes a descongestionar los despachos judiciales: designación de jueces de descongestión; implantación del sistema oral; reforzamiento de los métodos alternos de solución de conflictos, etc. y especialmente la conciliación, pero no reportan el éxito que cabría esperar.
En cambio, se está ensayando un modelo de equivalentes judiciales, dotando de función jurisdiccional a ciertas superintendencias, por ejemplo y que reportan algunos logros en cuanto a la pronta resolución de los negocios que a ellas han correspondido.
Para explicar esta larga situación dificultosa y complicada que ha vivido por siglos la justicia colombiana, sin que se haya conseguido soluciones reales, desde una perspectiva académica y de investigación me atrevo a plantear una hipótesis: el derecho fundamental no puede ser definido en términos de acceso a la justicia.
La garantía constitucional debe estar dirigida a garantizar al ciudadano el derecho a obtener una pronta y cumplida justicia. Pensar el derecho conforme al primer enunciado tiene como resultado que sobre los escritorios de los despachos se hayan acumulado los expedientes en torres de papel y resulta perfectamente excusable que un proceso dure 10 años o más, porque el derecho de acceso está satisfecho.
Es algo similar a lo nos pasó en el tema de la salud: Garantizamos al paciente el derecho a ser recibido en una institución hospitalaria, pero se muere sin atención en el pasillo de urgencias.
Esto explicaría además por qué la conciliación no ha dado fruto: Está concebida como barrera de acceso al aparato judicial, más bien que como la forma natural, al lado de la mediación y la composición amigable, para resolver los conflictos entre las personas.
El resultado final de este planteamiento causa roces y atrae las hostilidades de la rama judicial, es cierto. Hacer de los métodos alternativos y de los equivalentes judiciales las formas corrientes para solucionar conflictos, convertiría a los actuales aparatos de justicia en medios residuales a los cuales se acudiría «por defecto» o en los casos en que la defensa de derechos fundamentales lo amerite.
Entonces, desde mi óptica académica creo que la justicia es Colombia es como una telaraña que asfixia y mata a los débiles y que los fuertes las traspasa sin mayor dificultad.
*Dirigente comunal, artista y consultor de marketing
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