Por: Raúl Eduardo Barba Rueda/ La emergencia del Covid-19 supuso una serie de retrasos a proyectos en los territorios, para el caso del Puerto Petrolero, uno de estos proyectos de vital importancia para la planeación ambiental, es el Plan de Manejo Ambiental (PMA) del Distrito Regional de Manejo Integrado (DRMI) Humedal San Silvestre.

La Corporación Autónoma Regional de Santander -CAS- se encuentra desarrollando el contrato de consultoría N°004-00950-19, cuyo objeto es la identificación, caracterización, monitoreo y espacialización de los componentes bióticos, físicos y socioeconómicos de los afluentes y efluentes para establecer procesos de capacitación, manejo y medidas preventivas dirigido a la recuperación, ordenación y reglamentación de la Ciénaga San Silvestre.
Aunque el nombre es extenso y demasiado técnico puede resumirse, en que dicho contrato busca proponer la formulación del PMA; el cual parte del análisis y evaluación de las características actuales, evalúa las condiciones físicas, bióticas y socioeconómicas del área declarada y propone las líneas estratégicas, programas y proyectos requeridos para su regulación y manejo sostenible con el concurso de todos los actores estratégicos.
Aunque la CAS pretende ocultarnos el objeto real de dicho contrato con un objeto amplio y detallado técnicamente, en resumidas palabras dicho contrato tiene como objeto al formulación y aprobación del PMA para el DRMI San Silvestre.
¿Cuál es la intención de la CAS de ocultar el objeto real de dicho contrato matizándolo con el detalle técnico de las actividades a realizar?
Primero, es importante recordar al lector que el DRMI Humedal San Silvestre a la FECHA y después de mas 14 años de creada la figura a través del Acuerdo 058 de 2005, inicialmente como un Distrito de Manejo Integrado, no cuenta con un Plan de Manejo aprobado por la Corporación.
El DRMI cuenta con unas categorías de zonificación o ordenamiento establecidas por el Acuerdo 143 de 2010, las cuales fueron ampliadas en su vigencia por el Acuerdo 241 de 2013.
Sin embargo, en dichos Acuerdos (143 y 241) se advierte que, el área de Distrito de Manejo Integrado y sus categorías de zonificación, deberán ser objeto de un proceso minucioso de zonificación y su planificación se hará mediante la formulación de un PMA.
¿Qué paso con el PMA del DRMI, vamos a cumplir una década de homologado al sistema de áreas protegidas y no se cuenta con un plan de manejo?
Aunque el PMA del DRMI fue elaborado y formulado en el año 2006 mediante Convenio Interadministrativo 295 de 2005, cuyo resultado es el Acuerdo 058 del 2006, el PMA no fue aprobado en su momento por parte el Consejo Directivo de la CAS.
Sin embargo y de manera curiosa, el DRMI al momento de ser homologado como Área Protegida en 2011 tampoco fue establecido su respectivo PMA, quedando establecido que dicho proceso se regiría bajo los parámetros del acuerdo 2372 de 2010.
El día 8 de noviembre de 2013, Ecopetrol y CAS firman el Acuerdo de Cooperación “AC” No. 01 Ecopetrol–CAS, cuyo objeto principal es la Actualización y ajuste del plan de manejo ambiental del Distrito Regional de Manejo Integrado – DRMI – Humedal San Silvestre, en los municipios de Barrancabermeja y San Vicente de Chucurí.
Se preguntará el lector si Ecopetrol y la CAS firmaron un acuerdo para actualizar y ajustar el PMA del DRMI en 2013, ¿qué pasó con este proceso? Por qué nuevamente asistimos a un nuevo proceso contractual para por tercera ocasión acometer el PMA del DRMI Humedal San Silvestre.
En este punto, es importante advertirle a la Procuraduría y a la Contraloría el exabrupto que se estaría cometiendo al invertir recursos por tercera ocasión para establecer el PMA del DRMI, archivando lo desarrollado en 2013.
¿Qué se esconde detrás de fusilar los estudios contratados en 2013 para imponer unos nuevos estudios? ¿Qué papel juega Ecopetrol y sus intereses petroleros en la no adopción del PMA tras los estudios contratados en 2013?
Bajo la sombrilla del Convenio Marco de Colaboración DHS N°5211802, firmado entre Ecopetrol y la CAS, se contrató con la empresa Soluciones Geomáticas Ltda., la actualización y ajuste del PMA del DRMI Humedal San Silvestre.
Esta consultoría tuvo un valor de 1.650.062.062 millones de pesos y comprendía, una fase de planeación, diagnostico, ordenamiento y estratégica.
La consultoría tuvo una duración de 2 años, siendo entregada el pasado 13 de enero de 2017, como consta en el acta de entrega y recibo final avalada por la interventoría.
Si el consultor hizo entrega de los productos y el proyecto de Acuerdo para ser aprobado por la CAS, ¿qué sucedió en los últimos 3 años con ese documento?
Según Acta del Consejo Directivo de la CAS N°178 del 24 de Abril de 2018, donde interviene el exdirector Juan Gabriel Álvarez, este manifiesta: “…el proyecto de acuerdo se lo presentamos al Consejo Directivo, pero a raíz que Ecopetrol nos pide que le ayudemos en una zona que estaban en producción quedaron en recuperación y por lo tanto son áreas que no pueden ser intervenidas, a raíz de eso el año pasado (2017) el Consejo accedió a revisar la propuesta que traía Ecopetrol…”

Lo anterior se resume en que Ecopetrol fue quien dilató y no permitió que la aprobación del PMA se diera en los tiempos establecidos, y es que como dicen quién paga es quien decide, si revisamos los aportes al Convenio Marco 5211802, Ecopetrol costea mas del 80% del valor de los estudios.

Y es que el lobby que realizó Ecopetrol fue de tal magnitud, que en esa misma Acta N°178, lo pone de manifiesto el delegado de Presidencia: “…Yo particularmente estaba preocupado porque en ese estudio estuviera enfocado a resolver los problemas particulares de Ecopetrol… Nosotros siempre de cortesía hemos recibido al consultor a Ecopetrol, pero realmente es no es la función de nosotros…”

Como lo pone de manifiesto el delegado de la Presidencia, aunque la función del Consejo Directivo no era recibir el lobby de Ecopetrol, esto termina sucediendo como lo corrobora otro aparte de la misma acta, donde interviene una funcionaria de Ecopetrol:
“…El año pasado cuando Ecopetrol conoció el resultado identificamos que técnicamente tenía unas oportunidades técnicas que cambiaria un poco el resultado… Este análisis se materializa con una zonificación que lleva restringir la intervención en unas áreas y en otras no, y ahí es donde puede de alguna forma restringir las actividades los proyecto que Ecopetrol tenía…”

Lo que la funcionaria de Ecopetrol llama “oportunidades técnicas” no es mas que una forma de maquillar las solicitudes que la petrolera le hace a la CAS para que se incluyan en la formulación del PMA del DRMI sus intereses petroleros.
Y es que el Plan de Manejo Ambiental de la Superintendencia de Mares (PMAI) aprobado por la Resolución 1641 de 2007 modificado por la Resolución 1200 de 2013 y 1136 de 2016, se superpone en áreas de intereses petroleros con el PMA del DRMI San Silvestre.
Ahí esta el meollo del asunto y el porqué de Ecopetrol y su noble labor al costear nuevamente la actualización del PMA, requiere ordenar el territorio a su antojo, cual amo y señor, comportándose aun como un enclave o mejor aún como un Company Town…
*Especialista en Medio Ambiente y Geoinformatica. Experiencia en Gestión Social para el sector Oil & Gas. Director de la Corporación Observatorio de Desarrollo Territorial.
Facebook: Raul Barba
Correo: rauledo.barba@gmail.com
Twitter: @rebarba23